Documentos para PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA :: Actos Administrativos
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto 1735 de 2015 Nivel Nacional  

Adiciona el Decreto 1079 de 2015 Único reglamentario del Sector Transporte , con el fin de reglamentar la Orden al Mérito Julio Garavito, destinada a exaltar los méritos de los ingenieros colombianos. - Se prevé los requisitos para su otorgamiento, la composición del Consejo de la Orden, encargado de otorgar la distinción, la cual se realiza en los siguientes grados: Gran Cruz con Placa de Oro, Gran Cruz, Gran Oficial, Cruz de Plata, Comendador, Oficial y Caballero.
 

 
2015   Decreto 1889 de 2015 Nivel Nacional  

Corrige el numeral 3 del artículo 2.4.1.4.5.4 del Decreto 1075 de 2015, referente a la acreditación del título académico del docente, exigido para el ascenso y reubicación según el grado.
 

 
2015   Decreto 1906 de 2015 Nivel Nacional  

Modifica y adiciona el Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte en relación con el Plan Estratégico de Seguridad Vial.
 

 
2015   Decreto 2237 de 2015 Nivel Nacional  

Se reconoce el 5 de octubre de cada año, como el día del directivo docente, los actos conmemorativos, no generarán la desescolarización de los estudiantes y, en todo caso, se garantizará la prestación del servicio educativo.
 

 
2015   Decreto 2297 de 2015 Nivel Nacional  

Modifica y adiciona el Capítulo 3, Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, en relación con la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en los niveles básico y de lujo
 

 
2015   Decreto 2381 de 2015 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 2.5.3.1.5 del Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación, referente a la verificación y cumplimiento de las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria. Una vez presentada la solicitud, el Ministerio de Educación Nacional, con el apoyo de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Conaces), realizará la verificación de las condiciones básicas de calidad y autorizará el funcionamiento del programa de formación complementaria mediante la expedición de un acto administrativo debidamente motivado.
 

 
2016   Decreto 38 de 2016 Nivel Nacional  

Se reglamentan las Zonas Estratégicas para el Transporte (ZET) y se adiciona el Título 8 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Nacional 1079 de 2015. Hacen parte de las citadas Zonas odos los municipios y corregimientos especiales colindantes con los límites de la República de Colombia, y aquellos en cuyas actividades económicas y sociales se advierte la influencia directa del fenómeno fronterizo, ubicados en los departamentos fronterizos de La Guajira, Cesar, Norte de Santander, Boyacá, Arauca, Vichada, Guainía, Vaupés, Amazonas, Putumayo, Nariño, Chocó y San Andrés y Providencia.
 

 
2016   Decreto 914 de 2016 Nivel Nacional  

Adiciona el Decreto número 1075 de 2015, con el fin de reglamentar el uso de los recursos de la participación de Educación del Sistema General de Participaciones por el criterio de Población Atendida Asignación Complementaria para atender el costo derivado del mejoramiento de calidad.
 

 
2016   Decreto 1295 de 2016 Nivel Nacional  

La Ley 1759 de 2015 crea el reconocimiento José Francisco Socarrás, premio que conforme al decreto único reglamentario del sector educación, ha sido reglamentado por el Presidente de la República a través de esta norma y constituye un incentivo al gremio de los docentes, personas e instituciones que desarrollen y fomenten la educación, la medicina, la ciencia, la cultura y la política.
 

 
2016   Decreto 1310 de 2016 Nivel Nacional  

Se modifica y adiciona el Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte , en relación con el Plan Estratégico de Seguridad Vial. Se señala que las entidades, organizaciones o empresas públicas o privadas, tendrán plazo hasta el último día hábil del mes de diciembre de 2016, para efectuar la entrega del Plan Estratégico de Seguridad Vial. En el caso de los vehículos entregados en leasing, renting o arrendamiento financiero, la obligación de adoptar e implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial será del arrendatario o locatario de los vehículos y no de las entidades financieras que hayan entregado la tenencia, guarda y custodia del vehículo, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el presente Decreto.
 

 
2016   Decreto 1514 de 2016 Nivel Nacional  

El Ministerio de Transporte, en un término de 15 días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Subsección, enviará a los organismos de tránsito los listados de los vehículos que presuntamente presentan omisiones en su registro inicial, resultantes del cruce de información realizado entre los vehículos registrados que son objeto del programa de reposición vehicular, frente a las certificaciones de cumplimiento de requisitos expedidas y las pólizas aprobadas.
 

 
2016   Decreto 2038 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 2.4.1.1.11 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación, con ello La prueba de aptitudes y competencias básicas es la única prueba del concurso que tiene un carácter eliminatorio, y su calificación mínima aprobatoria es de sesenta puntos de cien (60/100) para los docentes y de setenta puntos de cien (70/100) para directivos docente.
 

 
2017   Decreto 296 de 2017 Nivel Nacional  

Prorroga el término establecido en el artículo 2.2.1.6.14.1. del Capítulo 6 del Título 1, de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, en el sentido de establecer que las empresas que al 25 de febrero de 2015 cuenten con habilitación vigente para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial, podrán continuar operando y deberán presentar ante el Ministerio de Transporte los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de habilitación establecidos en el presente capítulo, hasta el treinta (30) de junio de 2017, excepto lo que se refiere al porcentaje de propiedad de los vehículos.
 

 
2017   Decreto 507 de 2017 Nivel Nacional  

Adiciona el Capítulo 12 al Título 3, Parte 5, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Educación (Decreto 1075 de 2015), creando la beca "Jóvenes Ciudadanos de Paz". Esta distinción reconoce a jóvenes colombianos entre 14 y 28 años, pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3 (priorizados en el SISBÉN), que destaquen por acciones orientadas a la promoción de la cultura cívica, la solidaridad y la construcción de paz.
 

 
2017   Decreto 1577 de 2017 Nivel Nacional  

Modifica de los artículos 2.3.1.6.6.2 y 2.3.1.6.6.3 del Decreto número 1075 de 2015. Modifíquense los artículos 2.3.1.6.6.2 y 2.3.1.6.6.3 del Decreto número 1075 de 2015, en relación con la transferencia a educadores y funcionarios administrativos y al monto de los recursos girados.
 

 
2017   Decreto 2229 de 2017 Nivel Nacional  

Establece, condiciones, términos y requisitos para autorizar la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula del país vecino, propiedad de los residentes en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, que hayan ingresado o ingresen por el término de internación temporal al país, cuyos propietarios deberán sujetarse a la normatividad vigente y aplicable en el territorio colombiano. Establece igualmente, procedimiento, término de autorización, fin de la internación y régimen aduanero. De otro lado, estos vehículos solo podrán transitar en la jurisdicción del departamento al que pertenece la Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo para la que se haya expedido la respectiva autorización, que será el documento aduanero que ampara su circulación y tránsito.
 

 
2018   Decreto 727 de 2018 Nivel Nacional  

Modifica el Capítulo 2 y el artículo 2.4.8.3.6 del Capítulo 3, del Título 8 de la Parte 4 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015 con el fin de adecuar aspectos relativos al Consejo de la Orden al Mérito Julio Garavito, en cuanto a la composición, reuniones, quórum, atribuciones y promoción en los grados de la orden.
 

 
2018   Decreto 1082 de 2018 Nivel Nacional  

Modifica lo dispuesto por el parágrafo transitorio 1 del artículo 2.3.11.2.2 del Decreto 1079 de 2015, en cuanto al plazo con que cuentan los vehículos, motocicletas o embarcaciones fluviales menores, que correspondan a modelos matriculados hasta el 19 de agosto de 2015, que ingresaron desde la República Bolivariana de Venezuela a territorio colombiano y que se encuentran circulando en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo colindantes con esta frontera sin tener la autorización de internación temporal respectiva, los cuales deberán proceder a solicitar dicha autorización ante la autoridad competente antes del 27 de diciembre de 2018. Igualmente, señala el mismo plazo para renovación de la autorización y de formalización de permanencia; adiciona, que las autoridades competentes, establecerán los mecanismos de coordinación para la implementación de tal disposición.
 

 
2018   Decreto 1236 de 2018 Nivel Nacional  

Adiciona un parágrafo transitorio al artículo 2.4.6.2.3, en relación con la modificación de las plantas de cargos docentes y directivos docentes que correspondan a las zonas priorizadas en las que se implementarán los programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
 

 
2018   Decreto 2453 de 2018 Nivel Nacional  

Para garantizar que los residentes de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, que son propietarios de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula de un país vecino, puedan solicitar la internación temporal de estos bienes y, por tanto, cumplir con las exigencias establecidas para el efecto en el Decreto 1079 de 2015 adicionado por el Decreto 2229 de 2017 modificado por el Decreto 1082 de 2018, se hace necesario ampliar el término que fijó esta normativa para presentar la solicitud y la renovación de la autorización de internación temporal, por lo tanto modifica el Título 11 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, en relación con el término para solicitar y renovar dicha autorización de internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula de un país vecino.
 

 
2019   Decreto 1660 de 2019 Nivel Nacional  

Reglamenta la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la Historia de Colombia, y se adiciona un artículo al Título 3, Parte 1, Libro 1 del Decreto número 1075 de 2015.
 

 
2020   Decreto 1538 de 2020 Nivel Nacional  

Sustituye el Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 2 y se modifica el artículo 2.3.1.5.3 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte.
 

 
2020   Decreto 1567 de 2020 Nivel Nacional  

Adiciona la Sección 3 al Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte.
 

 
2021   Decreto 191 de 2021 Nivel Nacional  

Adiciona la parte 6 al Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte, en lo relacionado con la identificación de parqueaderos preferenciales para vehículos eléctricos.
 

 
2021   Decreto 1252 de 2021 Nivel Nacional  

Armoniza el literal a del artículo 2.3.2.1 del Decreto 1079 de 2015 y el capítulo 3 del Título 2 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 con las modificaciones introducidas al artículo 12 de la Ley 1503 de 2011 y por consiguiente ajusta la concepción de Plan Estratégico de Seguridad Vial como una herramienta de gestión que contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas de planificación, implementación y seguimiento y mejora que deben adoptar las diferentes entidades, organizaciones o empresas del sector público o privado.
 

 
2023   Decreto 2271 de 2023 Nivel Nacional  

Modifica la Sección 5 del Capítulo 3, Título 3, Parte 5, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Educación), con el fin de reglamentar formalmente la Ley 2307 de 2023 y el artículo 123 del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023), consolidando la Política Pública de Gratuidad en la Matrícula para los programas de pregrado (técnico profesional, tecnológico y universitario) en las Instituciones de Educación Superior Públicas (IESP) del país.
 

 
2024   Decreto 1266 de 2024 Nivel Nacional  

Adiciona el Título 9 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte, con el propósito de reglamentar el Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico - FOPAT, de acuerdo con sus subcuentas, recursos de financiación y demás reglas definidas legalmente y, en consecuencia, permitir su operación en beneficio del sector transporte y se establecen algunas disposiciones para una adecuada transición que garantice la continuidad de los programas e incentivos generados en favor del servicio de transporte de carga para vehículos con peso bruto vehicular superior a 10.5 toneladas.
 

 
2025   Decreto 1375 de 2025 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor David Dalberto Daza Daza en el cargo de Notario Cuarenta (40) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso por edad de su anterior titular (Victoria Consuelo Saavedra Saavedra). El abogado designado cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 039 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Oscar Fernando Mesa Granados en el cargo de Notario Décimo (10) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad del servicio público notarial tras la vacancia y falta absoluta generada por el retiro forzoso por edad del anterior titular (Oscar Antonio Hernández Gómez), contando con la certificación de cumplimiento de requisitos y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 069 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Diana Torres Sánchez en el cargo de Notaria Cuarenta y Cuatro (44) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la prestación ininterrumpida de la función notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso de la anterior titular (Luz Mary Cárdenas Velandia). La abogada designada, quien previamente se desempeñaba en encargo en la misma notaría, cuenta con la certificación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no haber una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 113 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Sandra Milena Ramírez Barreto en el cargo de Notaria Sesenta y Nueve (69) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad del servicio público notarial tras la vacancia absoluta generada por el retiro forzoso de la anterior titular (María Inés Pantoja Ponce). La abogada designada, quien venía desempeñándose en encargo en dicho despacho, cuenta con la certificación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 166 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Francy Asseneth Perdomo Santofimio en el cargo de Notaria Catorce (14) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida busca garantizar la ininterrupción del servicio notarial tras la vacancia absoluta ocasionada por el fallecimiento de su titular previo (Jorge Luis Buelvas Hoyos). La abogada designada, quien venía ejerciendo como notaria encargada en dicho despacho, cuenta con la acreditación de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 dada la ausencia de una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 168 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Jairo Basto Triana en el cargo de Notario Veintitrés (23) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación de la función notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso de la anterior titular (Esther Maritza Bonivento Johnson). El designado, quien venía desempeñándose en encargo en dicho despacho, cuenta con la acreditación de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 202 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Alejandro Supelano Polanía en el cargo de Notario Cuarenta y Tres (43) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso de su anterior titular (Juan Enrique Niño Guarín). El abogado designado, quien venía desempeñándose en encargo en dicho despacho, cuenta con la acreditación de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 368 de 2026 Nivel Nacional  

consagra la libertad del consumidor financiero como eje del Sistema de Finanzas Abiertas, sujetando la circulación de datos personales a las Leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012. El esquema impone la obligación de contar con una autorización previa, expresa, informada y de finalidad específica otorgada por el titular, prohibiendo solicitudes abiertas o condicionar la prestación de servicios a la entrega de datos. Además, introduce una fase de confirmación y autenticación fuerte a cargo de la entidad proveedora de datos antes de efectuar cualquier transferencia, salvaguardando en todo momento el principio de reserva bancaria, la facultad del usuario para revocar permisos, el derecho a exigir la eliminación de datos no autorizados y la estricta vigilancia sancionatoria por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Superintendencia Financiera.
 

 
2026   Decreto 371 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Adriana María Mejía Aguado en el cargo de Notaria Treinta y Cinco (35) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad del servicio público notarial tras la vacancia absoluta generada por la renuncia aceptada de su anterior titular (María Ángela Beatriz Sanín Posada). La abogada designada cuenta con la certificación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 453 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Alejandro Páez Estrada en el cargo de Notario Treinta (30) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso por edad de su anterior titular (Rosa Mercedes Romero Pinto). El abogado designado cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no haber una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 454 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Billy Raúl Antonio Escobar Pérez en el cargo de Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso de su anterior titular (Eduardo Luis Pacheco Juvinao). El abogado designado cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 477 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Julián René Romero en el cargo de Notario Diecinueve (19) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso por edad de su anterior titular (José Miguel Rojas Cristancho). El abogado designado cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 479 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Yeny Paola Garzón Reyes en el cargo de Notaria Treinta y Siete (37) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso por edad de su anterior titular (Álvaro Rojas Charry). La abogada designada cuenta con la certificación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 520 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Erika Andrea Macías Cárdenas en el cargo de Notaria Treinta y Ocho (38) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso por edad de su anterior titular (Eduardo Durán Gómez). La abogada designada cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 626 de 2026 Nivel Nacional  

Liquída el Ministerio de Igualdad y Equidad creado mediante la Ley 2281 de 2023, y definida su estructura por el Decreto 1075 de 2023, como organismo principal del sector central de la rama ejecutiva en el orden nacional, rector del Sector Administrativo de Igualdad y Equidad y de sus entidades adscritas o vinculadas.
 

 
2026   Decreto 768 de 2026 Nivel Nacional  

Adopta el Protocolo de Relacionamiento para la Participación Plena y Efectiva de los Pueblos y Organizaciones Indígenas, en la Agenda Internacional del Estado Colombiano en los Asuntos que los Afecten.
 

 
2026   Decreto 812 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor José Gregorio Beltrán Pérez en el cargo de Notario Sesenta y Uno (61) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación de la función notarial tras la falta absoluta ocasionada por el retiro forzoso de su anterior titular (Pablo Méndez Barajas) y la posterior culminación del encargo de Oriana Marcela Ospina Apraez. El designado cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 843 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad al señor Alfonso García Manasse en el cargo de Notario Veintiséis (26) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso de su anterior titular (Oscar Fernando Martínez Bustamante). El abogado designado cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no haber una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 999 de 2026 Nivel Nacional  

Adiciona los Decretos Únicos Reglamentarios de los Sectores Educación (Decreto 1075 de 2015) y Transporte (Decreto 1079 de 2015) para reglamentar e implementar la enseñanza sistemática de la educación vial y promover el uso seguro, adecuado y responsable de la bicicleta y otros vehículos de micromovilidad en los niveles de preescolar, básica primaria y secundaria. La norma establece un marco de competencias y responsabilidades para el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), las Entidades Territoriales Certificadas (ETC) y los establecimientos educativos oficiales y no oficiales, garantizando el respeto a la autonomía escolar pero exigiendo la incorporación de contenidos pedagógicos de movilidad activa y preventiva con enfoque de género y diferencial. Asimismo, dispone la recolección obligatoria y anual de datos de caracterización sobre los desplazamientos de los estudiantes para la toma de decisiones territoriales a través de los Planes de Movilidad Escolar (PME) y encarga a la ANSV la recolección y monitoreo de las estadísticas de accidentalidad vial escolar, garantizando la estricta protección de los datos personales de niñas, niños y adolescentes.
 

 
2026   Decreto 1020 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Efvanni Paola Palmariny Peñaranda en el cargo de Notaria Setenta y Ocho (78) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por el retiro forzoso por edad de su anterior titular (Luz Mary Hoyos Arce). La abogada designada cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 1043 de 2026 Nivel Nacional  

Designa en interinidad a la señora Ingrid Paola Ortiz Castro en el cargo de Notaria Setenta y Cuatro (74) del Círculo Notarial de Bogotá D.C. La medida se adopta para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público notarial tras la vacancia absoluta producida por la renuncia aceptada de su anterior titular (Leonardo Augusto Torres Calderón). La abogada designada cuenta con la acreditación de cumplimiento de requisitos para notarías de primera categoría y el concepto previo favorable de la Superintendencia de Notariado y Registro, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 588 de 2000 al no existir una lista de elegibles vigente.
 

 
2026   Decreto 1387 de 2026 Nivel Nacional  

Adiciona un parágrafo transitorio al artículo 16 de la Ley 715 de 2001. La medida suspende, para el cierre de la vigencia 2026, los descuentos y reducciones presupuestales en las asignaciones del Sistema General de Participaciones (SGP) - Educación que normalmente se aplicarían en 2027 a las Entidades Territoriales Certificadas (ETC) cuyos procesos de auditoría de matrícula reportaron inconsistencias. Esta excepción aplica de manera temporal y exclusiva a las ETC ubicadas en la zona de emergencia que demuestren que las afectaciones físicas y operativas del sismo impidieron el adecuado reporte o soporte de datos de estudiantes (afectando a más de 5.300 sedes escolares), evitando así un detrimento en su capacidad financiera durante la etapa de recuperación del servicio educativo, sin eximir la continuidad de las funciones ordinarias de auditoría e inspección.
 

 
2026   Decreto 1418 de 2026 Nivel Nacional  

Adopta medidas extraordinarias por el término de un año para la reactivación de las MiPyMEs y unidades productivas afectadas en los municipios delimitados por la emergencia. Por un lado, autoriza a todas las Cámaras de Comercio del país a destinar temporalmente sus recursos de desarrollo empresarial (art. 98 de la Ley 2294 de 2023) a programas de recuperación, financiamiento e infraestructura en las zonas afectadas; por otro lado, flexibiliza transitoriamente el régimen societario para las empresas damnificadas que acrediten su afectación, facilitando procesos de fusión abreviada, enajenación de activos, disminución de capital sin autorización previa de la Supersociedades, pago de dividendos en acciones y emisión de acciones (incluyendo acciones de pago bajo límites del Código Sustantivo del Trabajo) sin sujeción al derecho de preferencia, todo con el fin de inyectar liquidez y garantizar la continuidad del tejido empresarial y el empleo.
 

 
2026   Decreto 1421 de 2026 Nivel Nacional  

Adiciona un parágrafo transitorio al artículo 59 de la Ley 1753 de 2015 para ampliar temporalmente el alcance del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE). Esta norma faculta al FFIE cuyo objeto ordinario se limita a la educación inicial, básica y media para estructurar, financiar y ejecutar proyectos de reconstrucción, adecuación y dotación en las Instituciones de Educación Superior Públicas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026. La medida rige de forma transitoria hasta el retorno a la normalidad (según la Ley 1523 de 2012) y aplicará únicamente a las sedes universitarias ubicadas en los municipios en emergencia que acrediten daños directos por el sismo, financiándose con recursos específicos para la crisis sin afectar el presupuesto ni las metas ordinarias de la infraestructura escolar básica.
 

 
2026   Decreto 1426 de 2026 Nivel Nacional  

Faculta al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) a implementar un marco operativo extraordinario que autoriza la suspensión transitoria de la verificación de condicionalidades y corresponsabilidades (tales como la certificación de asistencia escolar, controles médicos o supervivencia) exigidas para la liquidación de sus programas de transferencias monetarias (Renta Ciudadana, Renta Joven, Colombia Mayor y Compensación del IVA). La medida aplica en los municipios afectados del ámbito territorial de la emergencia (16 departamentos, excluyendo Putumayo) donde los daños causados por el sismo del 10 de agosto de 2026 impiden materialmente el reporte o funcionamiento de la infraestructura local; busca garantizar la continuidad del pago de subsidios a los hogares vulnerables sin suspender sus ingresos por fallas operativas ajenas a ellos, y podrá extenderse hasta por doce meses mientras se reestablecen los sistemas locales.
 

 
2026   Decreto 1432 de 2026 Nivel Nacional  

Modifica el régimen de transición del Decreto 661 de 2026 para proteger la continuidad de la prestación del servicio público de salud y garantizar procesos ordenados de formalización laboral. La norma establece que las reglas del Decreto 661 que buscan evitar la intermediación laboral ilegal a través del contrato sindical solo se exigirán a las entidades públicas (como las Empresas Sociales del Estado) y prestadores de salud a partir del 1º de octubre de 2028. Hasta el 30 de septiembre de 2028, las entidades afectadas podrán prorrogar sus contratos sindicales o celebrar nuevos contratos para las mismas necesidades de personal mientras realizan los estudios técnicos y presupuestales necesarios para ampliar sus plantas de personal. Asimismo, deroga la Resolución 2562 de 2026 del Ministerio del Trabajo e impone a las entidades la obligación de presentar un plan de adaptación en un plazo de dos meses, dejando claro que el régimen transitorio no ampara la intermediación ilegal ni genera vinculación automática a la carrera administrativa.
 

 
2026   Decreto 1483 de 2026 Nivel Nacional  

Dicta medidas transitorias para agilizar el reconocimiento y pago de servicios de salud, indemnizaciones y gastos funerarios derivados del evento catastrófico de origen natural (sismo del 10 de agosto de 2026) en el marco de la desastre nacional declarada por el Decreto 1171 de 2026. La norma busca aliviar las cargas administrativas sobre las víctimas e Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) afectadas, teniendo una vigencia inicial de doce meses o por el lapso que se prolongue la emergencia.
 

 
2026   Decreto 1529 de 2026 Nivel Nacional  

Redefine los criterios de estructuración económica de los proyectos portuarios, permitiendo la inclusión de planes de conectividad (vías de acceso, conectividad férrea e Infraestructuras Logísticas Especializadas) dentro del modelo financiero y el plan de inversiones del concesionario. Como mecanismo clave de incentivo a la inversión privada y de protección del patrimonio en la etapa final de los contratos, la norma crea el esquema de reconocimiento del valor residual de las inversiones no recuperadas (aplicable a partir del 70% del plazo concesional) y establece reglas de libre competencia mediante la presentación de propuestas alternativas con garantías del 3%. Asimismo, regula el régimen de reversión gratuita a la Nación de inmuebles y bienes en Zonas de Uso Público y Zonas Adyacentes de Servicios, permitiendo a los concesionarios la inclusión voluntaria de predios privados aledaños previa presentación de avalúo.
 

 
2026   Directiva 03 de 2026 Presidencia de la República  

Establece el marco regulatorio para la comunicación pública del Gobierno nacional, con el objetivo de garantizar la unidad de mensaje y la coherencia institucional. El documento define una jerarquía clara de vocerías para evitar contradicciones que puedan afectar la gobernabilidad o generar desinformación en la ciudadanía.
 

 
2026   Resolución 343 de 2026 Presidencia de la República  

Da por terminada la Mesa de Diálogos de Paz entre el Gobierno nacional y el Grupo Armado Organizado al Margen de la Ley, el autodenominado Estado Mayor de los Bloques Magdalena Medio comandante Gentil Duarte, comandante Jorge Suárez Briceño y Frente Raúl Reyes - EMBF-FARC-EP
 

 
2026   Resolución 346 de 2026 Presidencia de la República  

Da por terminada la Mesa de Diálogos de Paz entre los representantes autorizados del Gobierno nacional y los miembros representantes del grupo armado organizado al margen de la ley autodenominada Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB), por ausencia de voluntad de paz.
 

 

Total: 58 documentos encontrados para PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA :: Actos Administrativos