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Directiva Presidencial 06 de 2026 Presidencia de la República
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Establece los lineamientos para la coordinación institucional, interoperabilidad y desarrollo de los procedimientos de consulta previa en Colombia, sustituyendo las directivas 01 de 2010, 10 de 2013 y 08 de 2020. La norma ratifica a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (DANCP) del Ministerio del Interior como la entidad competente para dirigir y coordinar el proceso, estructurando el trámite en cinco etapas claras (procedencia, coordinación, preconsulta, consulta y seguimiento) bajo principios de buena fe y participación efectiva. Entre sus disposiciones clave, exige la acreditación formal de los voceros tradicionales para evitar intermediaciones de terceros, promueve la Política de Gobierno Digital mediante la interoperabilidad de datos y la gestión de un expediente administrativo electrónico único, prohíbe la transacción económica de derechos y fija las pautas para el cierre administrativo formal, aclarando que la falta de acuerdo no impide finalizar el procedimiento ni limita la posterior decisión autónoma de las autoridades competentes.
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