Documentos para REGISTROS NACIONALES :: Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales -REAA
Año   Documento   Restrictor  
2017   Resolución 97 de 2017 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Crea el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA), como una herramienta informativa, dinámica cuyo objetivo es identificar y priorizar ecosistemas y áreas ambientales del territorio nacional, en las que se podrán implementar Pagos por Servicios Ambientales (PSA) y otros incentivos a la conservación, que no se encuentren registradas en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), por parte de autoridades ambientales y personas naturales o jurídicas. El registro se aplica a: a) Ecosistemas y áreas ambientales a escala nacional priorizados con base en el análisis técnico efectuado por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y en la información del Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC), a excepción de las áreas protegidas registradas en el Registro Único de Áreas Protegidas (RUNAP); b) Ecosistemas y áreas ambientales a escalas regionales y locales priorizados por las autoridades ambientales regionales, acorde con la aplicación de los criterios que para tal efecto determine el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
 

 
2018   Decreto 1007 de 2018 Nivel Nacional  

Modifica el Capítulo 8 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en relación con la reglamentación de los componentes generales del incentivo de pago por servicios ambientales y en particular, determina que los proyectos de pago por servicios ambientales se focalizarán en las áreas y ecosistemas estratégicos identificados en el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA) o en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), sin perjuicio de poder implementar el incentivo en cualquier parte del territorio nacional.
 

 
2026   Resolución 2322 de 2026 Secretaría Distrital de Ambiente  

Dispone que los proyectos de Pago por Servicios Ambientales deberán focalizarse en áreas y ecosistemas estratégicos identificados en el Registro de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA) o en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), sin perjuicio de su implementación en otras áreas del territorio nacional.
 

 

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