| 2018 |
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Decreto 1282 de 2018 Nivel Nacional
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Para efectos del cálculo del plan de aportes al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales por parte del Fondo Empresarial, la variable de Pérdida Dado el Incumplimiento de la que trata la Resolución número 0932 de 2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se deberá valorar como un Colateral Financiero Admisible, en atención a que: a) De conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la Ley 1873 de 2017 no es requisito previo al otorgamiento de la garantía de la Nación, la constitución de contragarantías a favor de esta; y b) El riesgo de crédito del Fondo Empresarial, así como su capacidad de pago, es el mismo de la Nación, dado que el fideicomitente del patrimonio autónomo es la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. |
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| 2020 |
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Decreto 574 de 2020 Nivel Nacional
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Decreta que el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios podrá otorgar créditos a las empresas de servicios públicos domiciliarios con participación mayoritariamente pública, de conformidad con las condiciones y requisitos que establezca el Fondo Empresarial, con la finalidad de asegurar la continuidad en la prestación de dichos servicios públicos durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID - 19. |
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