Documentos para SOCIEDADES COMERCIALES DE BENEFICIO E INTERÉS COLECTIVO (BIC) :: Beneficios
Año   Documento   Restrictor  
2019   Decreto 2046 de 2019 Nivel Nacional  

Establecen los siguientes beneficios: 1. Portafolio preferencial de servicios en materia de propiedad industrial. La Superintendencia de Industria y Comercio, en el marco de sus funciones legales y reglamentarias, podrá tener en cuenta la condición de sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) para adaptar su portafolio de servicios en materia de propiedad industrial; 2. Acceso preferencial a líneas de crédito. Con el propósito de fomentar el emprendimiento, las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo podrán ser beneficiarías de líneas de crédito que para tal efecto se creen por el Gobierno nacional; 3. Tratamiento tributario de las utilidades repartidas a través de acciones a los trabajadores. Las utilidades repartidas a través de acciones a los trabajadores de las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) organizadas como sociedad por acciones y que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, tendrán el tratamiento previsto en los artículos 1.2.1.12.10. y 1.2.1.7.9. del Decreto 1625 de 2016, Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria.
 

 
2020   Resolución 26878 de 2020 Superintendencia de Industria y Comercio  

Establece las tasas de signos distintivos presentadas por micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), conforme a lo establecido en el Decreto 957 del 5 de junio de 2019, y que estén inscritas en el registro mercantil o por Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) formalmente constituidas, de acuerdo con el Decreto 2046 del 12 de noviembre de 2019.
 

 

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