Documentos para SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS :: Diferimiento de Pago
Año   Documento   Restrictor  
2020   Resolución 40209 de 2020 Ministerio de Hacienda y Crédito Público  

Extiende la medida de diferimiento de pago de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible por redes, de que trata el artículo 3 del Decreto Legislativo 798 de 2020; las empresas comercializadoras de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por redes, deberán diferir por un plazo de treinta y seis (36) meses el costo del consumo básico o de subsistencia que no sea subsidiado a usuarios residenciales de estratos 1 y 2.
 

 

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