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Concepto 6961 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos
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Explica que respecto al principio de unidad de materia el mismo se encuentra consagrado expresamente en el artículo 158 de la Constitución Política, conforme al cual todo proyecto de ley debe referirse a una misma materia y serán inadmisibles las disposiciones o modificaciones que no se relacionen con ella y en el artículo 169 del mismo, al prescribir que el título de las leyes deberá corresponder precisamente a su contenido. A partir de la regulación constitucional, la Corte ha destacado que el principio de unidad de materia se traduce en la exigencia de que en toda ley debe existir correspondencia lógica entre el título y su contenido normativo, así como también, una relación de conexidad interna entre las distintas normas que la integran |
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