Recuerda y precisa las reglas jurídicas aplicables de manera clara, expresa y concisa, a la atención y respuesta a las peticiones interpuestas ante los entes distritales y la incidencia disciplinaria que conlleva su incumplimiento.
Insta a los y las funcionarios (as) y contratistas de la Secretaría Jurídica Distrital a adelantar las gestiones oportunamente para garantizar el debido cumplimiento a los términos de respuesta establecidos en la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 1755 de 2015.