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Resolución 202505 de 2025 Superintendencia de la Economía Solidaria
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Establece la tasa de contribución diferencial con descuento del 50% aplicable a empresas solidarias en estado de liquidación voluntaria o forzosa a partir de la vigencia 2025, fijando nuevas tarifas por nivel de supervisión (0,450 para nivel 1, 0,255 para nivel 2 y 0,173 para nivel 3), determinando el plazo único de pago al 1° de agosto de 2025, exigiendo el uso del formulario Código 4 "INFORMACIÓN FINANCIERA EN LIQUIDACIÓN" para la correcta liquidación, y manteniendo la exención para entidades con activos inferiores a $461.149.610, todo ello bajo criterios de equidad y proporcionalidad tributaria que consideran la limitada capacidad contributiva de las organizaciones en proceso de liquidación. |
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Resolución 202510 de 2025 Superintendencia de la Economía Solidaria
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Modifica la resolución 2025100000435 del 24 de enero de 2025, adicionando un parágrafo sobre tasa diferencial para empresas en liquidación voluntaria o forzosa, y extendiendo la fecha límite de pago de la primera cuota de la tasa de contribución de vigilancia desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo de 2025, manteniendo las demás disposiciones sobre el cálculo y condiciones de pago establecidas para las entidades del sector de economía solidaria vigiladas por la Supersolidaria. |
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