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Concepto 101581 de 2012 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp
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Explica que los trabajadores oficiales no están inhabilitados para postularse como Presidente de la República, si no "desarrolla actividades de Dirección Administrativa, es decir, que no está autorizado para celebrar contratos o convenios; ordenar gastos con cargo a fondos municipales; conferir comisiones, licencias no remuneradas, decretar vacaciones y suspenderlas, para trasladar horizontal o verticalmente los funcionarios subordinados; reconocer horas extras, vincular personal supernumerario o fijarle nueva sede al personal de planta; a los funcionarios que hagan parte de las unidades de control interno y quienes legal o reglamentariamente tengan facultades para investigar las faltas disciplinarias", y si al momento de la inscripción como candidatos presidenciales no están ocupando el cargo de trabajadores oficiales, es decir, los aspirantes deben renunciar con anterioridad al día de su inscripción como candidato. |
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