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Documento |
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Restrictor |
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| 2022 |
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Resolución 115 de 2022 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO
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Adopta para el año 2022, como valor catastral promedio del metro cuadrado de suelo para el cumplimiento de la obligación de destinar porcentajes de suelo para el desarrollo de Vivienda de Interés Social Prioritario (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS) en los tratamientos urbanísticos de desarrollo, y renovación urbana en la modalidad de redesarrollo, a través de la alternativa de compensación en proyectos VIP o VIS que adelante la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá. |
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| 2022 |
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Resolución 940 de 2022 Secretaría Distrital del Hábitat
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Establece el procedimiento para liquidación del pago compensatorio de la obligación, tanto en predios localizados en el tratamiento urbanístico de desarrollo, como en los predios localizados en los tratamientos urbanísticos de consolidación y de renovación urbana, la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., expedirá para cada vigencia, el acto administrativo a través del cual se defina el valor comercial y catastral promedio |
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| 2024 |
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Resolución 123 de 2024 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO
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Se define el valor comercial y catastral promedio para el cálculo de la liquidación del porcentaje correspondiente al cumplimiento de la obligación de destinar porcentajes de suelo para el desarrollo de vivienda de interés social prioritario (VIP) y vivienda de interés social (VIS) en el tratamiento urbanístico de desarrollo a través de la alternativa de pago compensatorio ante la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C. |
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| 2025 |
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Resolución 197 de 2025 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO - Subgerencia de Planeamiento y Estructuración
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Define el valor comercial y catastral promedio para el cálculo de la liquidación del porcentaje correspondiente al cumplimiento de la obligación de destinar porcentajes de suelo para el desarrollo de vivienda de interés social prioritario (VIP) y vivienda de interés social (VIS) en el tratamiento urbanístico de desarrollo a través de la alternativa de pago compensatorio ante la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C. por a suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS M/CTE ($3.320.965,45) |
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Total: 4 documentos encontrados para VIVIENDA DE INTERÉS PRIORITARIO - VIP ::
Valor Catastral
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