Documentos para VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL - VIS :: Pago Compensatorio
Año   Documento   Restrictor  
2022   Decreto 520 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Determina que la facultad para la liquidación, recaudo y administración del pago compensado de la obligación urbanística de destinar suelo para VIS y VIP o su equivalente en metros cuadrados de construcción. De conformidad con el artículo 528 del Decreto Distrital 555 de 2021, en los diferentes tratamientos urbanísticos los recursos derivados del cumplimiento de la obligación de destinar porciones de suelo a la construcción de vivienda de interés social o prioritario o su equivalente en metros cuadrados de construcción de que tratan los artículos 293, 294, 297, 322, 323 y 538 del Decreto Distrital 555 del 2021 serán administrados y recaudados a través de mecanismos como encargos fiduciarios, fiducias, patrimonios autónomos o fondos. La Secretaría Distrital del Hábitat -SDHT definirá los criterios, requisitos y condiciones de recaudo, habilitación, administración y ejecución que aplicarán para los mecanismos que se definan y creen para tal fin.
 

 
2022   Resolución 940 de 2022 Secretaría Distrital del Hábitat  

Establece el procedimiento para liquidación del pago compensatorio de la obligación, tanto en predios localizados en el tratamiento urbanístico de desarrollo, como en los predios localizados en los tratamientos urbanísticos de consolidación y de renovación urbana, la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., expedirá para cada vigencia, el acto administrativo a través del cual se defina el valor comercial y catastral promedio
 

 
2025   Resolución 182 de 2025 Secretaría Distrital del Hábitat  

Modifica la Resolución 940 del 23 de diciembre de 2022 toda vez que se hace necesario dinamizar los recursos derivados del cumplimiento de la obligación urbanística VIS y VIP, permitiendo con ello la construcción efectiva de la Vivienda Social y su acceso efectivo e igualitario por parte de las familias a programas y proyectos VIP o VIS y que en consecuencia con el fin acotar la destinación de los recursos que han ingresado bajo la modalidad de pago compensatorio de la obligación de provisión de suelo y construcción para la Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y/o Vivienda de Interés Social (VIS), en cumplimiento de los artículos 388 y 528 del Decreto Distrital 555 de 2021, los decretos distritales 561 de 2022 y 615 de 2023 y del Acuerdo 927 de 2024, asegurando la participación de la Secretaría Distrital del Hábitat como cabeza de Sector, así como de sus entidades vinculadas y adscritas como: Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá y la Caja de Vivienda Popular CVP, con el objetivo además de establecer mecanismos para la reactivación económica a través de la producción de vivienda social en la ciudad.
 

 
2025   Resolución 197 de 2025 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO - Subgerencia de Planeamiento y Estructuración  

Define el valor comercial y catastral promedio para el cálculo de la liquidación del porcentaje correspondiente al cumplimiento de la obligación de destinar porcentajes de suelo para el desarrollo de vivienda de interés social prioritario (VIP) y vivienda de interés social (VIS) en el tratamiento urbanístico de desarrollo a través de la alternativa de pago compensatorio ante la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C. por a suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS M/CTE ($3.320.965,45)
 

 

Total: 4 documentos encontrados para VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL - VIS :: Pago Compensatorio