Documentos para VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL - VIS :: Destinación de Suelo para vivienda VIS/VIP
Año   Documento   Restrictor  
2024   Concepto 220241 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos  

Indica que no existe una disposición legal ni reglamentaria que permita la destinación de los recursos del Fondo de Compensaciones Obligados VIS/VIP, para la asignación de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior, en consideración que la norma nacional señala que dichos recursos están destinados expresamente a la adquisición de suelo o a la ejecución de las obras de urbanismo para la generación de vivienda de interés social y prioritaria y los subsidios de vivienda no se incorporan dentro de estas dos categorías. Frente a estos recursos existe una destinación específica orientada a la provisión y habilitación de suelo para el desarrollo de viviendas de interés social y prioritario.
 

 
2025   Decreto 653 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen mecanismos para promover la oferta de vivienda VIS y VIP, incluyendo la separación preferente de unidades por parte de la Secretaría del Hábitat en proyectos inmobiliarios (hasta el 50% de VIP y 30% de VIS). También se regulan las condiciones para que estas viviendas sean consideradas de estrato 1 por 10 años si cuentan con subsidio distrital. (Artículos 180, 220, 224, 225).
 

 
2025   Resolución 182 de 2025 Secretaría Distrital del Hábitat  

Modifica la Resolución 940 del 23 de diciembre de 2022 toda vez que se hace necesario dinamizar los recursos derivados del cumplimiento de la obligación urbanística VIS y VIP, permitiendo con ello la construcción efectiva de la Vivienda Social y su acceso efectivo e igualitario por parte de las familias a programas y proyectos VIP o VIS y que en consecuencia con el fin acotar la destinación de los recursos que han ingresado bajo la modalidad de pago compensatorio de la obligación de provisión de suelo y construcción para la Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y/o Vivienda de Interés Social (VIS), en cumplimiento de los artículos 388 y 528 del Decreto Distrital 555 de 2021, los decretos distritales 561 de 2022 y 615 de 2023 y del Acuerdo 927 de 2024, asegurando la participación de la Secretaría Distrital del Hábitat como cabeza de Sector, así como de sus entidades vinculadas y adscritas como: Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá y la Caja de Vivienda Popular CVP, con el objetivo además de establecer mecanismos para la reactivación económica a través de la producción de vivienda social en la ciudad.
 

 

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