| 2024 |
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Concepto 220241 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos
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Indica que no existe una disposición legal ni reglamentaria que permita la destinación de los recursos del Fondo de Compensaciones Obligados VIS/VIP, para la asignación de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior, en consideración que la norma nacional señala que dichos recursos están destinados expresamente a la adquisición de suelo o a la ejecución de las obras de urbanismo para la generación de vivienda de interés social y prioritaria y los subsidios de vivienda no se incorporan dentro de estas dos categorías. Frente a estos recursos existe una destinación específica orientada a la provisión y habilitación de suelo para el desarrollo de viviendas de interés social y prioritario. |
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| 2025 |
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Decreto 653 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Se establecen mecanismos para promover la oferta de vivienda VIS y VIP, incluyendo la separación preferente de unidades por parte de la Secretaría del Hábitat en proyectos inmobiliarios (hasta el 50% de VIP y 30% de VIS). También se regulan las condiciones para que estas viviendas sean consideradas de estrato 1 por 10 años si cuentan con subsidio distrital. (Artículos 180, 220, 224, 225). |
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| 2025 |
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Resolución 182 de 2025 Secretaría Distrital del Hábitat
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Modifica la Resolución 940 del 23 de diciembre de 2022 toda vez que se hace necesario dinamizar los recursos derivados del cumplimiento de la obligación urbanística VIS y VIP, permitiendo con ello la construcción efectiva de la Vivienda Social y su acceso efectivo e igualitario por parte de las familias a programas y proyectos VIP o VIS y que en consecuencia con el fin acotar la destinación de los recursos que han ingresado bajo la modalidad de pago compensatorio de la obligación de provisión de suelo y construcción para la Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y/o Vivienda de Interés Social (VIS), en cumplimiento de los artículos 388 y 528 del Decreto Distrital 555 de 2021, los decretos distritales 561 de 2022 y 615 de 2023 y del Acuerdo 927 de 2024, asegurando la participación de la Secretaría Distrital del Hábitat como cabeza de Sector, así como de sus entidades vinculadas y adscritas como: Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá y la Caja de Vivienda Popular CVP, con el objetivo además de establecer mecanismos para la reactivación económica a través de la producción de vivienda social en la ciudad. |
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