Documentos para SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE GAS COMBUSTIBLE :: Distribución por Red
Año   Documento   Restrictor  
1995   Decreto 1051 de 1995 Nivel Nacional  

Reglamenta el trámite para la contratación de áreas exclusivas para la prestación del servicio público de distribución de gas combustible por red, señala la procedencia de la contratación, forma, objeto del contrato, trámite, procedimiento, término del proceso precontractual, evaluación, comité evaluador, cláusulas, perfeccionamiento, garantías, cláusulas exorbitantes y vigilancia y control.
 

 
2003   Resolución 100 de 2003 Comisión de Regulación de Energía y Gas  

Adopta los estándares de calidad en el servicio público domiciliario de gas natural y GLP en sistemas de distribución por redes de tubería, aplicables en su totalidad a los usuarios que se conectan a Sistemas de Distribución de gas natural por redes de tuberías y a los usuarios que se conecten a Sistemas de Distribución de GLP por redes de tuberías. Señala los indicadores para medir la calidad en la prestación del servicio técnico y del producto en la prestación del servicio público de gas combustible por redes; establece los valores de referencia y los parámetros técnicos que se deben cumplir para la estimación de cada indicador, reporte de la información relacionada con los indicadores de calidad al Sistema Unico de Información, inclusión de los valores de referencia de los estándares de calidad adoptados en las facturas de los usuarios, periodo de transición.
 

 
2008   Circular 54 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Reitera la obligación que tienen las empresas prestadoras del Servicio Público de Gas Combustible por Red, en aquellos casos de incumplimiento por periodos de varios meses, en forma repetida, o en materias que afecten gravemente a las empresas o a terceros, de comunicar expresamente a los suscriptores o usuarios la resolución del contrato de condiciones uniformes y el corte del servicio, para así garantizar el derecho que tienen estos de presentar las peticiones, quejas y reclamos correspondientes.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1073 de 2015 Nivel Nacional  

Por motivos de interés social y con el propósito de que la cobertura del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por red se pueda extender a las personas de menores ingresos, el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con los artículos 40 y 174 de la Ley 142 de 1994, podrá contratar mediante invitación pública la distribución domiciliaria de gas combustible por red de tubería en un área geográfica, incorporando cláusulas de exclusividad, en la cual ninguna persona podrá prestar los mismos servicios, conforme con los criterios que por vía general adopte la Comisión de Regulación de Energía y Gas. El contrato tiene por objeto asegurar que un concesionario por su cuenta y riesgo preste el servicio público domiciliario de distribución de algún tipo de gas combustible por red de tubería, en condiciones de exclusividad en el área concedida, incluyendo dentro de sus usuarios un número considerable y creciente de personas de menores ingresos. (Artículo 2.2.2.4.1 al 2.2.2.4.24)
 

 

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