Documentos para ACCIÓN DE REPETICIÓN :: Legitimación
Año   Documento   Restrictor  
2011   Ley 1474 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Por la cual se modifica el artículo 8 de la Ley 678 de 2001 en el sentido de legitimar al Ministerio de Justicia y del Derecho, a través de la Dirección de Defensa Judicial de la Nación, cuando la perjudicada con el pago sea una entidad pública del orden nacional. (Art. 5).
 

 
2022   Ley 2195 de 2022 Congreso de la República de Colombia  

La acción de repetición tuvo modificaciones en cuanto al dolo, cuando la conducta dolosa cuando la el agente del Estado realiza un hecho ajeno a las finalidades del servicio del Estado y se presume cuando el acto administrativo ha sido declarado nulo por desviación de poder, por indebida motivación o la falta de ella o que esta sea falsa, haber sido penal o disciplinariamente responsable por dolo, por los daños que sirvieron de fundamento para la responsabilidad del Estado, expedir una Resolución, auto o sentencia contrario a derecho, por desviación de poder. También modifica lo relacionado a la culpa grave, cuando la conducta del agente es gravemente culposa, cuando infringe directamente a la Constitución. De la misma manera, modifica la Legitimación, en cuanto al plazo para ejercitar la acción de repetición, el cual no será mayor a 6 meses. Otra reforma, es en cuanto a la caducidad, la cual caducara a los 5 años. Es importante recalcar, que cualquier persona podrá requerir a las entidades legitimadas para que instauren la acción de repetición, la decisión que se adopte se comunicará al requirente.
 

 

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