Documentos para SALARIOS :: Especie
Año   Documento   Restrictor  
1950   Decreto 2663 de 1950 Nivel Nacional  

Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia. Así mismo, el salario en especie debe valorarse expresamente en todo contrato de trabajo. No obstante, cuando un trabajador devengue el salario mínimo legal, el valor por el concepto de salario en especie no podrá exceder del 30%.
 

 
1988   Ley 70 de 1988 Congreso de la República de Colombia  

Ley 70 de 1988 Sobre vestidos y calzados Esta prestación no es salario ni se comprenderá como factor del mismo en ningún caso
 

 
2007   Sentencia 310 de 2007 Corte Constitucional de Colombia  

El salario puede consistir en la entrega de determinada suma de dinero, acordada por las partes o señalada por la ley o también estar compuesta por una parte en dinero y otra, nunca mayoritaria, de cierta clase de bienes que es a lo que se denomina "salario en especie". trabajo es una obligación del empleador y un derecho irrenunciable del trabajador, siendo sus notas características su percepción regular y su carácter retributivo, que no se pueden alterar por el legislador al definirlo, ni tampoco por los sujetos de la relación laboral cuando convienen la remuneración.
 

 

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