Documentos para SALUD PÚBLICA :: Virus del Papiloma Humano
Año   Documento   Restrictor  
2013   Ley 1626 de 2013 Congreso de la República de Colombia  

Garantiza la vacunación contra el Virus del Papiloma Humano de manera gratuita a todas las niñas entre cuarto grado de básica primaria y séptimo grado de básica secundaria, para ello, el Ministerio de la Protección Social, o la entidad que corresponda a partir de la vigencia de la presente ley, incluirá dentro del Programa Ampliado de Inmunización (PAI), la vacuna contra el Virus anteriormente señalado.
 

 
2015   Acuerdo 590 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece la instalación de dispensadores de condones, en sitios de alta afluencia de público, con el fin de prevenir infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados y disfrute responsable de la sexualidad los cuales estarán dotados con la información necesaria sobre su adecuada utilización. La Secretaria Distrital de Salud, determinará la reglamentación del presente Acuerdo, la ubicación e instalación, el tipo de insumos, el tipo de campañas de información, educación y comunicación, así como el financiamiento, implementación, monitoreo y evaluación de las estrategias para el montaje y mantenimiento de los dispensadores, el abastecimiento y suministro permanente de preservativos y el reporte de la distribución, con un enfoque de sostenibilidad y de generación de responsabilidad para los usuarios.
 

 
2015   Acuerdo 593 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

La Administración Distrital a través de la Secretaría Distrital de Salud, en coordinación con los demás sectores de la administración y del sistema de salud y de seguridad social, adoptarán las medidas necesarias para la oportuna y eficiente promoción y prevención, que garantice el tamizaje, el diagnóstico , tratamiento integral, rehabilitación y cuidado paliativo del cáncer de cuello uterino, del cáncer de mama al 100% de las mujeres y de Leucemias Agudas Pediátricas (LAP), a niños, niñas y adolescentes de Bogotá D.C.
 

 
2017   Sentencia T-365 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

El Estado, en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social, o de cualquier otra institución, no puede obligar a la población colombiana a vacunarse contra el virus del papiloma humano, por cuanto la facultad del paciente de tomar decisiones relativas a su salud ha sido considerada un derecho de carácter fundamental por la jurisprudencia constitucional, como concreción del principio constitucional de pluralismo y de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad cláusula general de libertad del ordenamiento jurídico colombiano-, a la integridad personal y a la salud.
 

 
2020   Resolución 899 de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social  

Indica que el 11 de marzo de 2020, la OMS declaró que el brote de Coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación e instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio.
 

 

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