Documentos para REGIMEN CONTRIBUTIVO DE SALUD :: Cotización Obligatoria de los Afiliados
Año   Documento   Restrictor  
2011   Resolución 477 de 2011 Ministerio de la Protección Social  

Define el monto de la cotización obligatoria de los afiliados al régimen contributivo que se destina a la financiación de la subcuenta de solidaridad del Fosyga.
 

 
2015   Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". Se establece el Ingreso Base de Cotización (IBC) de los trabajadores independientes por cuenta propia y los independientes con contrato diferente a prestación de servicios que perciban ingresos mensuales iguales o superiores a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (smmlv). (Artículo 135).
 

 
2016   Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 Nivel Nacional  

Establece los parámetros del ingreso base de cotización, la Base de cotización de los trabajadores con vinculación contractual, legal y reglamentaria y los pensionados, formulario de afiliación de empleadas domésticas, ingreso base de cotización para trabajadores independientes afiliados al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS), base de cotización para trabajadores con jornada laboral inferior a la máxima legal, formulario de declaración anual del ingreso base de cotización de aportes al sistema general de seguridad social en salud y concurrencia de empleadores o de administradoras de pensiones. Por otro lado constituye las generalidades respecto a las cotizaciones; cotización en virtud de convenios internacionales de Seguridad Social, Cotización excepcional de independientes de bajos ingresos, Vencimiento cotización excepcional de independientes de bajos ingresos, Seguimiento y control, Responsabilidad por reporte no oportuno y Periodo de cotización para los profesores (Artículo 2.2.1.1.2.1 al 2.2.1.1.3.6).
 

 
2019   Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad". Los trabajadores independientes con ingresos netos iguales o superiores a 1 salario mínimo legal mensual vigente que celebren contratos de prestación de servicios personales, cotizarán mes vencido al Sistema de Seguridad Social Integral, sobre una base mínima del 40% del valor mensualizado del contrato, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Los independientes por cuenta propia y los trabajadores independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales con ingresos netos iguales o superiores a un (1) salario mínimo legal mensual vigente efectuarán su cotización mes vencido, sobre una base mínima de cotización del 40% del valor mensualizado de los ingresos, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA). En estos casos será procedente la imputación de costos y deducciones siempre que se cumplan los criterios determinados en el artículo 107 del Estatuto Tributario y sin exceder los valores incluidos en la declaración de renta de la respectiva vigencia. (Artículo 244)
 

 
2023   Resolución 851 de 2023 Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES  

Define las especificaciones técnicas y operativas para la devolución de cotizaciones a las EPS y EAS en el régimen contributivo, así como la estructura de la información que soporta el proceso de devoluciones de cotizaciones en el régimen contributivo.
 

 

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