2011 |
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Ley 1437 de 2011 Congreso de la República de Colombia
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Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Establece los Derechos y relativos deberes que tienen las personas en su relaciones con las autoridades, los cuales son principalmente: Presentar peticiones; Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias de ellas; Obtener información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes; Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto; Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona humana, Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, condición prioritaria o en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política, Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas; A formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés y Cualquier otro que le reconozca la Constitución y las leyes. Respecto a los Deberes se establecen: Acatar la Constitución y las leyes, Obrar conforme al principio de buena fe, absteniéndose de emplear maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas; Ejercer con responsabilidad sus derechos, y en consecuencia abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes y Observar un trato respetuoso con los servidores públicos. (Art. 5 y 6 ) |
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