Documentos para PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS :: Emergencia Distrital
Año   Documento   Restrictor  
2004   Decreto 383 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara la situación de Emergencia Distrital en varios sectores de las localidades Rafael Uribe Uribe y Ciudad Bolívar. Término de duración, define las acciones y medidas definidas en los planes de contingencia, señala que el DAPD preparará, elaborará y adoptará el Plan de Rehabilitación, Reconstrucción y Desarrollo Sostenible post-evento para las zonas delimitadas, determina las autoridades competentes para la atención de las situaciones presentadas en la localidad de Usme y establece que la Subdirección de Control de Vivienda del DAMA, adelantará con carácter prioritario, todas las acciones tendientes a evitar que se realicen actividades de enajenación de inmuebles destinados a vivienda, que no cuenten con los requisitos legales.
 

 
2006   Decreto 146 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara la Situación de Emergencia Distrital en las Localidades de Suba, Engativa, Fontibón, Kennedy, Bosa, Ciudad Bolívar, Tunjuelito, San Cristóbal, Usme, Rafael Uribe, Santafe, Chapinero y Usaquen, con el fin de controlar los riesgos de inundación, fenómenos de remoción en masa, riesgos ambientales y preparativos para emergencias, la cual tendrá una duración de 2 meses, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto. Establece que la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias "DPAE", actuará como coordinador de las gestiones que se requieran implementar y ejecutar, por parte de las diferentes instancias Distritales, para conjurar la situación de emergencia declarada y que los alcaldes locales convocarán de manera extraordinaria a los Comités Locales de Emergencias, para que se tomen las medidas a que haya lugar, con la coordinación de la "DPAE".
 

 
2006   Decreto 156 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Plan de Contingencia para las localidades de Suba, Engativa, Fontibon, Kennedy, Bosa, Ciudad Bolivar, Tunjuelito, San Cristóbal, Usme, Rafael Uribe, Santafe, Chapinero, y Usaquen, con motivo de la Situación de Emergencia declarada mediante el Decreto Distrital 146 de 2006, el cual será ejecutado a partir del 09 de mayo del año referido y cuya coordinación, seguimiento y coordinación estará a cargo de la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias - DPAE
 

 
2007   Decreto 173 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Debido a la no terminación de las obras de alcantarillado que están afectando el drenaje de la Zona de Gavilanes de la Localidad de Suba, por la colmatación de las tuberías existentes generando la inundación y contaminación ambiental del sector, trayendo como consecuencia un riesgo potencial para la población de contraer enfermedades de tipo respiratorio, gastrointestinal y presencia de insectos, roedores y malos olores, entre otros, declara la situación de emergencia distrital sanitaria en la Localidad de Suba, en el sector indicado, por el término de 05 meses durante el cual se aplicarán las disposiciones del régimen propio para las situaciones de emergencia.
 

 
2010   Circular 24 de 2010 Secretaría Distrital de Salud  

Emite un comunicado de prensa con algunas recomendaciones que permiten prevenir el aumento de enfermedades respiratorias y gastrointestinales, asimismo advierte que debido a las condiciones ambientales adversas se pueden desencadenar daños en la salud de los residentes de la ciudad de Bogotá D.C.
 

 
2011   Decreto 193 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara la situación de emergencia distrital, la cual tendrá una duración de dos (2) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, término durante el cual se aplicarán las disposiciones del régimen propio de las situaciones de emergencia de que trata el artículo 6º del Decreto 332 de 2004. De otra parte señala, que la Secretaría Distrital de Salud coordinará y adelantará las acciones para mitigar los efectos ocasionados por la presente declaratoria, con las autoridades respectivas, para minimizar el impacto sanitario. Asimismo, presentará al FOPAE, como Secretaría Técnica del Comité Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias y coordinadora del Sistema Distrital, informes mensuales de avance sobre las acciones en el marco de la presente emergencia. Igualmente, presentará dentro de los 8 días siguientes a la terminación de la vigencia del presente Decreto un informe final de las acciones implementadas.
 

 
2011   Decreto 553 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se declara la Emergencia Distrital en todo el territorio de Bogotá durante 6 meses, término durante el cual se aplicarán las disposiciones del régimen propio de las situaciones de emergencia y en los Planes de contingencia. Igualmente se precisan las competencias de las entidades distritales para poner en marcha las acciones necesarias para proteger a vida, la integridad física y la salud de los habitantes de la ciudad de manera efectiva.
 

 
2011   Resolución 239 de 2011 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP  

Por la cual se declara una emergencia, para prestar el apoyo que sea necesario y conducente para prestar el servicio técnico y operativo que requiera la ciudad y celebrar las contrataciones directas estrictamente necesarias para superar de una manera integral la emergencia presentada en del Distrito Capital. Las dependencias del Acueducto de Bogotá, que de acuerdo con sus funciones les corresponda participar, iníciese las labores y trámites necesarios incluidos los de contratación y la obtención de las disponibilidades presupuestales para el perfeccionamiento de los contratos que se celebren bajo la declaratoria de urgencia.
 

 

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