Documentos para PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y PROCESALES :: Principio de Buena Fé
Año   Documento   Restrictor  
1994   Sentencia 191 de 1994 Corte Constitucional de Colombia  

Sentencia T-191 abril 20 de 1994 Corte Constitucional
 

 
2012   Sentencia C-745 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

El principio de buena fe se desprende, específicamente, del artículo 83 de la Constitución, al establecer que ¿las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas¿. (¿). La jurisprudencia ha señalado que dicho principio constituye un verdadero postulado constitucional, y que debe entenderse como una exigencia de honestidad y rectitud en las relaciones entre los ciudadanos y la Administración. Además ha definido el principio de buena fe ¿como aquel que exige a los particulares y a las autoridades públicas ajustar sus comportamientos a una conducta honesta, leal y conforme con las actuaciones que podrían esperarse de una ¿persona correcta. En este contexto, la buena fe presupone la existencia de relaciones reciprocas con trascendencia jurídica, y se refiere a la ¿confianza, seguridad y credibilidad que otorga la palabra dada¿.
 

 
2013   Sentencia 249 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

La Constitución establece que el sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad (CP art. 363). Como se ve, uno de los principios constitucionales relativos a los tributos es el de equidad. La tributación es un deber de la persona y del ciudadano que ha de cumplirse dentro de conceptos de justicia y equidad (CP art. 95-9). La Constitución, como ha sido interpretada por la Corte, exige no sólo que el sistema tributario en su integridad sea equitativo, sino también que la formulación singular de las normas impositivas respete en la mayor medida posible el citado principio. Pero esto no significa que cualquier sacrificio del principio de equidad por parte de una norma legal sea suficiente para juzgarla contraria al ordenamiento superior, pues el legislador tiene un margen de configuración normativa que le autoriza para incidir proporcionalmente en la equidad con la finalidad de satisfacer de modo eficaz otro principio constitucionalmente relevante(&)La Corte no comparte el último planteamiento del actor, sostenido también por el ICDT, de acuerdo con el cual la norma parte de la mala fe de los contribuyentes, al desconocer parcialmente los efectos tributarios del pago en efectivo. La norma persigue un mayor control fiscal, y en esa medida un mayor control sobre las actividades y negocios de los contribuyentes, pero esto no es sinónimo de presunción de mala fe. Al crear una medida que estimule la bancarización, la cual a su vez promueve una mejor veeduría fiscal, el legislador no presume que el contribuyente esté evadiendo impuestos o defraudando al fisco (&).
 

 
2013   Sentencia 305 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

(&)De conformidad con lo anterior, la Corte ha puntualizado que el principio constitucional de la buena fe no implica que las autoridades deban regular los asuntos suponiendo que las personas se portan siempre bondadosamente y cumplen voluntariamente con todas sus obligaciones pues, como dicen los autores del El Federalista, si los hombres fueran ángeles, no sería necesario ningún gobierno, ni habría necesidad de regulaciones jurídicas, ni de ordenamientos coactivos, pues todas las personas vivirían en perfecta armonía. De acuerdo con reiterada jurisprudencia constitucional, al estipular requisitos el legislador no viola el principio de buena fe, pues no presume nada en contra de ella; no parte del supuesto de la mala fe del gobernado; simplemente se limita a cumplir su función de salvaguarda del interés general y de ordenamiento mínimo en lo que respecta al servicio público y al funcionamiento de los entes estatales.
 

 
2013   Sentencia 512 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

Al haberse planteado cargos contra el parágrafo 3 del artículo 97 de la Ley 1474 de 2011, por vulnerar el principio de legalidad (art. 29 C.P.), y contra el artículo 118 de la misma ley, por desconocer la presunción de inocencia (art. 29 C.P.), la presunción de buena fe (art. 83 C.P.) y la regla constitucional de que sólo las condenas judiciales definitivas tienen la calidad de antecedentes penales y convencionales (art. 248)(...) Prever la aplicación inmediata de normas procesales a procesos de responsabilidad fiscal en curso, al momento de entrar en vigencia la ley que las contiene, no vulnera el principio de legalidad si se dispone el trámite del proceso conforme al procedimiento verbal, cuando no se haya proferido auto de imputación de responsabilidad fiscal. Establecer presunciones legales de dolo y de culpa, para efectos de determinar la culpabilidad en procesos de responsabilidad fiscal, no vulnera la presunción de inocencia ni el principio de la buena fe, si dichas presunciones buscan dar seguridad a situaciones relevantes, protegen bienes jurídicos valiosos y no contravienen la lógica y la experiencia. Presumir el dolo de una persona cuando, por los mismos hechos o daños que sirven de base para el proceso de responsabilidad fiscal, ésta ha sido condenada por la justicia o sancionada por una autoridad disciplinaria, por haber cometido con dolo un delito o una falta disciplinaria, no desconoce la presunción de inocencia, el principio de buena fe y la regla sobre antecedentes penales y contravencionales prevista en el artículo 248 de la Constitución.
 

 
2013   Sentencia 752 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

No es posible considerar, como lo sostiene la demanda, que la decisión de exclusión del proceso de justicia y paz se adopta "sin agotar el proceso previo, y sin valorar la entidad de la omisión, las condiciones personales del desmovilizado y el grupo al cual perteneció, los errores y olvidos que se pueden generar en las diligencias judiciales, y la oportunidad procesal para hacer entrega y ofrecimiento de bienes, generando una carga sospechosa y temeridad en cabeza del desmovilizado postulado y desconociendo la presunción de buena fe".; pues, en realidad, los aspectos jurídicos que el actor echa de menos, se encuentran expresamente regulados en distintas disposiciones de la Ley 975 de 2005, en la propia Constitución Política y en los tratados de derechos humanos a los cuales remite la propia ley de justicia y paz.
 

 
2014   Sentencia 665 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

Para la Corte tampoco se desconoce la presunción de buena fe, ya que el precepto no busca sancionar a los evasores ni somete injustificadamente al límite en ella previsto a no evasores y de otra parte, el artículo 83 de la Carta no es barrera que impida al legislador modificar la legislación tributaria, procurar correctivos a prácticas abusivas o enfrentar la evasión, para lo cual no tiene por qué presumir la mala fe de los contribuyentes
 

 
2014   Sentencia T-715 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

El principio de la buena fe tiene por objetivo erradicar las actuaciones arbitrarias de parte de las autoridades públicas y de los particulares, ya que el fin perseguido es que los hechos de éstos se aparten de subjetividades e impulsos que generen arbitrariedad, y en consecuencia, se ciñan a niveles aceptables de certeza y previsibilidad. El principio de la confianza legítima es una manifestación concreta del principio de la buena fe.
 

 
2015   Sentencia T-084 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

En primer lugar, se tiene que el principio de buena fe, esto es, la convicción de estar obrando de conformidad a la Constitución y la ley, es un deber que se encuentra tanto a cargo de los particulares como del propio sector público. En segundo lugar, el principio de buena fe no solo ha de regir las relaciones entre estos dos tipos de personas, sino que también habrá de tener vigencia en las relaciones internas que se presenten entre entidades del sector público y en aquellas que se presenten entre sujetos no estatales. Como elemento correlativo al deber de actuar con rectitud en las relaciones que se tienen con otros, quien actúa de buena fe tiene el derecho a esperar del otro un comportamiento similar. Ahora bien, el principio constitucional de la buena fe, tiene un corolario que ha sido ampliamente acogido por la jurisprudencia constitucional: la confianza legítima. Este principio se encuentra dirigido a establecer que las relaciones que existen entre los particulares y la administración y las reglas que las gobiernan no pueden ser modificadas de manera inadvertida por parte del Estado, sorprendiendo de forma injusta al ciudadano. Lo anterior tiene como fundamento la protección de las expectativas legítimas de los administrados.
 

 
2017   Sentencia T-103 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

La intención de la accionante de acudir a la administración de justicia para obtener una pretensión ilegitima, vulnera el postulado de buena fe establecido en la Constitución. Al respecto, la Corte recuerda que se presume que los particulares actúan de manera honesta, leal y conforme a las acciones que podrían esperarse de una persona correcta (vir bonus), y en este sentido, el particular que utiliza las herramientas judiciales que contempla el ordenamiento jurídico para obtener el reconocimiento de un derecho, debe hacerlo guiado por los parámetros constitucionales de honestidad, lealtad y buena fe, so pena de incurrir en una conducta abusiva de sus derechos y contraria al deber de colaboración del buen funcionamiento de la administración de justicia; por consiguiente, no puede ser un instrumento para actuar pretensiones ilegítimas ni para burlar las decisiones de las autoridades públicas y, mucho menos, para cohonestar los abusos del derecho.
 

 
2018   Fallo 00063 de 2018 Consejo de Estado  

En primer lugar, se tiene que el principio de buena fe, esto es, la convicción de estar obrando de conformidad a la Constitución y la ley, es un deber que se encuentra tanto a cargo de los particulares como del propio sector público. En segundo lugar, el principio de buena fe no solo ha de regir las relaciones entre estos dos tipos de personas, sino que también habrá de tener vigencia en las relaciones internas que se presenten entre entidades del sector público y en aquellas que se presenten entre sujetos no estatales. Como elemento correlativo al deber de actuar con rectitud en las relaciones que se tienen con otros, quien actúa de buena fe tiene el derecho a esperar del otro un comportamiento similar.
 

 

Total: 11 documentos encontrados para PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y PROCESALES :: Principio de Buena Fé