Documentos para PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES :: Año 2015
Año   Documento   Restrictor  
2014   Directiva 9 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Para el apoyo al cumplimiento de las funciones asignadas a la Comisión Distrital para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, funcionará un Comité de Coordinación Electoral que se encargará de coordinar y garantizar en forma oportuna y efectiva la gestión de la Administración Distrital en los procesos electorales en (i) asuntos logísticos, (ii) la seguridad de los candidatos, las sedes de campaña, los comicios, los puestos de votación y el orden público, entre otros, y (iii) la relación con todas las garantías a brindar a los partidos y movimientos políticos para el efecto. De acuerdo a las actividades asignadas al Comité de Coordinación electoral, se hace necesario que cada entidad de la Administración Distrital designe un funcionario con: (1). Poder de decisión: (2). Capacidad de coordinación; y (3). Comunicación directa con el jefe de la Entidad. Igualmente, se solicitará al Comando de la Policía Metropolitana de Bogotá, designar un oficial de alto grado y experiencia, para que coordine directamente con la Secretaría Distrital de Gobierno todo el proceso electoral.
 

 
2014   Ley 1745 de 2014 Congreso de la República de Colombia  

Dicta las reglas para el desarrollo de referendos constitucionales con ocasión de un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado. Los referendos constitucionales a los que se refiere la presente ley podrán coincidir con actos electorales. Cuando tales referendos coincidan con actos electorales, los jurados de votación deberán ofrecer a los electores la tarjeta correspondiente a los referendos junto con las demás tarjetas. Los electores estarán en plena libertad de manifestarles a los jurados de votación que no desean recibir la tarjeta correspondiente al referendo.
 

 
2015   Circular 105 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se imparten a Secretarios, Directores, Gerentes, Presidentes de Entidades, Órganos y Organismos Distritales, Rector del Ente Universitario Autónomo y Alcaldes Locales, los lineamientos y directrices que deben tener en cuenta respecto al alcance y aplicación de la ley de garantías electorales en materia contractual, especialmente frente a la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión y la prorroga, modificación o adición, y cesión de convenios o contratos interadministrativos, con ocasión del proceso electoral del 25 de octubre de 2015, enfatizando en lo dispuesto en la Directiva 5 de 2015 de la Procuraduría General de la Nación y la Circular Externa 8 del 12 de junio de 2015 de Colombia Compra Eficiente, atendiendo lo señalado en parágrafo del artículo 38 de la ley 996 de 2005, se concluye que la restricción se aplica en celebrar contratos o convenios, pero no se hace mención alguna a la prórroga, modificación, adición o cesión de los mismos, siendo así y atendiendo el carácter restrictivo de la interpretación de la ley de garantías electorales, que como toda norma de carácter prohibitivo tiene el alcance definido únicamente por el legislador, no deben extenderse sus efectos por medio de ejercicios hermenéuticos de ninguna índole a otras hipótesis no previstas en la normativa. Para los contratos de prestación de servicios se reitera que las modalidades de selección establecidas en la Ley 1150 de 2007, así como las demás modalidades de contratación, incluido el contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, y demás dispuestos en otras normas vigentes, salvo la contratación interadministrativa que ejecute recursos públicos, no están prohibidas durante el periodo preelectoral y en consecuencia, podrán adelantarse bajo los parámetros legales aplicables a cada caso. En particular, la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, contratación con proveedor exclusivo y la adquisición de inmuebles ¿ bajo el régimen del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y/o bajo los regímenes legales municipales o de infraestructura o cualquiera otro aplicable- pueden adelantarse en el periodo electoral 2015 siempre que se cumpla con la normativa aplicable a la materia. Si bien, la contratación por prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, se clasifica en la modalidad de contratación directa, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4º del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, debe tenerse presente, que la restricción en materia contractual para estas elecciones (25 de octubre de 2015) está orientada única y exclusivamente a Convenios y contratos interadministrativos que ejecuten recursos públicos, sin que dicha prohibición se extienda a la contratación por prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión contenidos en el literal c) del artículo 2 de mencionada Ley 1150 de 2007, por lo que no está prohibida dicha causal de contratación directa durante el periodo preelectoral y, en consecuencia, podrán adelantarse bajo los parámetros legales aplicables a cada caso.
 

 
2015   Decreto 143 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta una medida de policía necesaria para garantizar el orden público, la seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas con ocasión de la jornada electoral del 19 de abril de 2015, en el entendido de prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio del Distrito Capital desde las seis (06:00) horas del día sábado 18 de abril hasta las seis (06:00) horas del día lunes 20 de abril de 2015.
 

 
2015   Decreto 147 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto 143 del 17 de abril de 2015, "Por medio de la cual se adopta una medida de policía necesaria para garantizar el orden público, la seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas con ocasión de la jornada electoral del 19 de abril de 2015.
 

 
2015   Decreto 299 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la publicidad política o propaganda electoral, en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada para los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participarán en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el día 25 de octubre de 2015, y que regirá únicamente en el territorio del Distrito Capital. Se establecen definiciones, elementos publicitarios utilizados, distribución, lugares prohibidos para colocación de publicidad política o propaganda electoral, condiciones para la utilización de vallas, prohibición de instalación de vallas electrónicas o pantallas, publicidad en vehículos, instalación de avisos en sedes de campaña, limite de fijación de afiches y carteles, competencia de la Secretaría Distrital de Ambiente para la imposición de sanciones y obligación de desmonte de los elementos de publicidad exterior.
 

 
2015   Decreto 418 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta una medida de policía necesaria para garantizar el orden público, la seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas para la realización de las elecciones de autoridades locales (Alcalde Mayor, Concejo de Bogotá y miembros de Juntas Administradoras Locales), el día domingo 25 de octubre de 2015. Prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio del Distrito Capital desde 03:00 horas del día sábado 24 de octubre hasta las 10:00 horas del día lunes 26 de octubre de 2015. Así mismo, se restringe el tránsito de motocicletas con parrillero y la circulación de vehículos de diferente tracción que transporten escombros, trasteos y cilindros de gas, desde las 18:00 horas del día sábado 24 de octubre hasta las 06:00 horas del día lunes 26 de octubre de 2015.
 

 
2015   Decreto 721 de 2015 Nivel Nacional  

Dicta normas para la conservación del orden público relacionadas con la jornada de participación democrática de la consulta de los Partidos con personería jurídica para la toma de decisiones y la escogencia de sus candidatos a desarrollarse el 19 de abril de 2015. Dentro de las medidas adoptadas se encuentran la ley seca, porte de armas, Tránsito de vehículos automotores y de transporte fluvial, Toque de queda, entre otras.
 

 
2015   Decreto 2033 de 2015 Nivel Nacional  

Se adoptan normas para la conservación del orden público durante el período de elecciones de autoridades y corporaciones públicas territoriales del 25 de octubre de 2015. Se regulan las transmisiones, manifestaciones y actos de carácter político; propaganda electoral, programas de opinión y entrevistas; acompañante para votar; propaganda en espacios públicos, información de resultados electorales; encuestas, sondeos y proyecciones electorales; información sobre orden público; prelación de mensajes de autoridades electorales; colaboración de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y operadores postales en los procesos electorales; uso de celulares y cámaras en los puestos de votación; disponibilidad de las grabaciones; ley seca, porte de armas, tránsito de vehículos automotores y de transporte fluvial; toque de queda; transporte, sanciones; y cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos.
 

 
2015   Decreto 2057 de 2015 Nivel Nacional  

Dicta disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones. Delega al doctor Juan Fernando Cristo Bustos Ministro del Interior, la coordinación con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales para la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional. Para dar cumplimiento a lo anterior, se designan funcionarios encargados en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los departamentos que se mencionan en este decreto. Estos funcionarios deberán rendir informe de las gestiones realizadas, así mismo los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.
 

 
2015   Directiva 5 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Lineamientos y directrices en materia contractual, de nóminas de personal para las entidades del distrito capital y prohibiciones especiales a servidores públicos con ocasión del proceso electoral del 25 de octubre de 2015.
 

 
2015   Directiva 7 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala los lineamientos y directrices en materia contractual, de nóminas de personal para las entidades del distrito capital y prohibiciones especiales a servidores públicos con ocasión del proceso electoral del 25 de octubre de 2015.
 

 
2015   Directiva 13 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Alcalde Mayor dirige a los Secretarios, Directores y Gerentes de Entidades, Órganos y Organismos Distritales; Alcaldes Locales, Rector del Ente Universitario Autónomo y al Veedor Distrital, las directrices a tener en cuenta sobre imparcialidad de los servidores públicos vinculados a las entidades que hacen parte de la estructura administrativa del distrito capital, con ocasión del proceso electoral del 25 de octubre de 2015. Resalta las prohibiciones establecidas en los artículos 16 y 38 de la Ley 996 de 2005 y el numeral 39 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.
 

 
2015   Resolución 236 de 2015 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo en el año 2015.
 

 
2015   Resolución 508 de 2015 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número máximo de cuñas en televisión de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo en el año 2015.
 

 
2015   Resolución 548 de 2015 Registraduría Distrital del Estado Civil  

Señala el lugar donde se realizará la inscripción y modificación de las listas de candidatos a la Alcaldía Mayor y al Concejo de Bogotá para las elecciones de Autoridades Locales que se llevaran a cabo el 25 de octubre de 2015.
 

 
2015   Resolución 552 de 2015 Registraduría Distrital del Estado Civil  

Señala los puestos de inscripción de cédulas de ciudadanía y los puestos que no se habilitaran para la inscripción de cédulas de ciudadanía, para las elecciones de Autoridades Locales que se llevarán a cabo el 25 de octubre de 2015.
 

 
2015   Resolución 605 de 2015 Registraduría Distrital del Estado Civil  

Designa los sitios donde funcionarán los puestos de votación, con motivo de la elección de Autoridades Locales (Alcalde Mayor, Concejales y miembros de Juntas Administradoras Locales) para la ciudad de Bogotá D.C., a realizarse el 25 de octubre de 2015.
 

 
2015   Resolución 686 de 2015 Registraduría Distrital del Estado Civil  

Señala los sitios para el cierre de la inscripción de cédulas de ciudadanía, durante los días, 24 y 25 de Agosto de 2015, para las elecciones de Autoridades Locales que se llevarán a cabo el 25 de octubre de 2015.
 

 
2015   Resolución 695 de 2015 Registraduría Distrital del Estado Civil  

Modifica la Resolución No. 0686 del 14 de Agosto de 2015, en cuanto al cierre y el sitio de la inscripción de cédulas de ciudadanía en la Registraduría Auxiliar de Engativá Centro durante los días 24 y 25 de agosto.
 

 

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