1995 |
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Decreto 1038 de 1995 Nivel Nacional
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Establece que la financiación será otorgada a los profesionales de la salud que realicen programas de especialización en instituciones de educación superior que tengan el carácter de universidad y que durante su entrenamiento efectúen prácticas hospitalarias en una entidad prestadora de servicios de salud del sector oficial, adscrita a las Direcciones Nacional, Departamental, Distrital o Local de Salud, o en las fundaciones o instituciones de utilidad común que tenga contratos vigentes para la prestación de servicios de salud con el Estado. |
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1998 |
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Sentencia 054 de 1998 Corte Constitucional de Colombia
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Las facultades para crear incentivos a trabajadores de la salud, estimular su desempeño, localización en regiones con mayores necesidades y el establecimiento de un régimen de estímulos salariales y no salariales, no contradice la Constitución, en cuanto a las atribuciones de Asambleas, Concejos, Gobernadores y Alcaldes, ya que una vez el Gobierno Nacional establece un proceso gradual para nivelar los límites mínimos de cada rango salarial entre las entidades territoriales, estas pueden señalar, los salarios y emolumentos de los empleos de la sección territorial y las escalas de remuneración de los empleos. |
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