Documentos para AGUA :: Agua Para el Consumo Humano
Año   Documento   Restrictor  
1998   Decreto 475 de 1998 Nivel Nacional  

Se regulan las actividades relacionadas con la calidad del agua potable para consumo humano.
 

 
2007   Decreto 1575 de 2007 Nivel Nacional  

Establece el sistema para la protección y control de la calidad del agua, con el fin de monitorear, prevenir y controlar los riesgos para la salud humana causados por su consumo, exceptuando el agua envasada, sistema que aplica a todas las personas prestadoras que suministren o distribuyan agua para consumo humano, ya sea cruda o tratada, en todo el territorio nacional, independientemente del uso que de ella se haga para otras actividades económicas, a las direcciones territoriales de salud, autoridades ambientales y sanitarias y a los usuarios. Señala la acciones que deberán desarrollar las direcciones departamentales, distritales y municipales de salud, como autoridades sanitarias en ejercicio de la vigilancia sobre la calidad del agua para consumo humano.
 

 
2007   Resolución Conjunta 2115 de 2007 Ministerio de la Protección Social  

Señala las características, los instrumentos básicos y las frecuencias del sistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano.
 

 
2008   Circular 74 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Para efectos del ejercicio de las funciones de vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en lo referente a la aplicación de la normatividad de calidad del agua, es necesario que las personas prestadoras de acueducto i) cuenten con la información correspondiente al control realizado a la calidad del agua suministrada e ii) inicien las acciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1575 de 2007 y sus resoluciones complementarias, para lo cual ha sido diseñado un instructivo de reporte de información de calidad de agua a través del Sistema Único de Información. En tal sentido, los prestadores deben acopiar su información y remitirla a la SSPD en las frecuencias y plazos que se establezcan en la resolución que para el efecto se expida y que permitirá calcular los Indices de Riesgo de Calidad de Agua.
 

 
2008   Resolución 1303 de 2008 Ministerio de la Protección Social  

Adopta y describe el método para análisis microbiológico de aguas para consumo humano validado por el Instituto Nacional de Salud.
 

 
2008   Resolución Conjunta 811 de 2008 Ministerio de la Protección Social  

Define los lineamientos a partir de los cuales la autoridad sanitaria y las personas prestadoras, concertadamente definirán en su área de influencia los lugares y puntos de muestreo para el control y la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano en la red de distribución.
 

 
2010   Resolución Conjunta 4716 de 2010 Ministerio de la Protección Social  

Reglamenta el parágrafo del artículo 15 del Decreto 1575 de 2007 por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
 

 
2013   Resolución 4353 de 2013 Ministerio de Salud y Protección Social  

Autoriza a los Laboratorios señalados en el artículo 1 del presente acto administrativo, para que realicen análisis, físicos, químicos y microbiológicos al agua para el consumo humano.
 

 
2013   Sentencia 082 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

¿(¿) en virtud de la figura jurídica del bloque de constitucionalidad, el derecho al agua ha sido incorporado al ordenamiento jurídico interno para enriquecer el capítulo de derechos fundamentales de la Carta Superior (¿) el derecho al agua se encuadra claramente en la categoría de las garantías indispensables para asegurar un nivel de vida adecuado, en particular porque es una de las condiciones fundamentales para la supervivencia (¿) todas las personas deben disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico, (¿) es un derecho colectivo (¿) respecto de la obligación de protección y conservación de las fuentes hídricas para las generaciones futuras, (¿) la protección del derecho fundamental al agua (¿) hace parte del núcleo esencial del derecho a la vida en condiciones dignas y (¿) la prestación del servicio de acueducto implica una corresponsabilidad entre varios actores y un compromiso frente al medio ambiente (¿)¿
 

 
2015   Decreto 475 de 2015 Nivel Nacional  

Establece el Mecanismo Departamental para la evaluación y viabilización de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico a financiar con recursos que no provienen de la Nación, y se determinan los requisitos y procedimientos para la presentación, viabilización y aprobación de proyectos.
 

 
2017   Resolución 363 de 2017 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP  

Adopta e implementa el plan de gestión social por parte de la empresa de acueducto, alcantarillado y aseo de Bogotá ESP, para la ejecución del proyecto denominado suministro de agua potable y disposición final de las aguas residuales en la vereda tuna sector de chorrillos, en la localidad de suba de Bogotá D.C
 

 
2017   Resolución 549 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

Adopta los criterios y actividades mínimas que los prestadores de servicios públicos de acueducto deberán tener en cuenta para la elaboración de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano y establece disposiciones relacionadas con la autorización sanitaria (solicitud, emisión, no otorgamiento, seguimiento y control, responsabilidad del prestador del servicio).
 

 
2018   Decreto 050 de 2018 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible y define los Criterios de Calidad como el conjunto de parámetros y sus valores mediante los cuales se determina si un cuerpo de agua es apto para un uso específico.
 

 
2018   Resolución 874 de 2018 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

La presente resolución aplica a todas las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el territorio nacional, a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de acueducto y alcantarillado.
 

 
2018   Resolución 1172 de 2018 Secretaría Distrital de Ambiente  

Otorga a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR -CAFAM-, con Nit. 860.013.570-3, a través de su representante legal el señor MIGUEL EDUARDO GONZÁLEZ BOHORQUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.330.359, o quien haga sus veces, concesión de aguas subterráneas, para uso del agua que se deriva del pozo identificado con el código PZ-11-0047, ubicado en la Calle 215 No. 45-45, localidad de Suba de esta ciudad, con coordenadas N- 121.519,173; E- 103.737,477 (Topográficas), hasta por un volumen de 272.16 m3/día, con un caudal promedio de 6.72 L/s bajo un régimen de bombeo diario de 11 horas y 15 minutos, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución. La concesión se otorga por el término de cinco (5) años contados a partir de la ejecutoria de esta Resolución. El beneficio para el cual se otorga la presente concesión será exclusivo para consumo doméstico (incluyendo el consumo humano), riego y recreativo.
 

 
2018   Resolución 201810 de 2018 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece los parámetros que deben cumplir los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto para el reporte de información al Sistema Único de Información (SUI), de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia del riesgo del agua para consumo humano. Para el reporte de la información en el SUI, se atenderán las instrucciones del Anexo Técnico denominado Formatos y Formularios de Reporte al SUI, que hace parte del presente acto administrativo. El plazo del reporte de información al SUI es a más tardar el 19 de julio de cada anualidad de acuerdo con las instrucciones del Anexo Técnico.
 

 
2020   Decreto 1688 de 2020 Nivel Nacional  

Establece que las entidades públicas deben asegurar la atención básica de las necesidades de agua para consumo humano y doméstico y las de saneamiento básico en zonas rurales de acuerdo con sus competencias.
 

 
2020   Resolución 622 de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social  

Adopta el protocolo de inspección, vigilancia y control de la calidad de agua para consumo humano en zonas rurales, y señala el procedimiento para autorizaciones sanitarias que deben expedir las autoridades competentes, enfocadas a la expedición o renovación de la concesión de agua para consumo humano en zonas rurales.
 

 
2022   Resolución 172 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social  

Autoriza los laboratorios para la realización de análisis físicos, químicos y microbiológicos de agua para el consumo humano.
 

 
2022   Resolución 2225 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social  

Modifica 6 líneas de la tabla de Laboratorios autorizados para el análisis físico químico y microbiológico de agua para consumos humano de la Resolución 172 de 2022, en razón de corregir, dirección, nombre de razón social y reconociendo a los laboratorios la autorización de las Secretaria de Salud correspondiente, según el caso.
 

 
2023   Decreto 1277 de 2023 Nivel Nacional  

Adoptar medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el Departamento de La Guajira, con el propósito de contribuir al aumento de la disponibilidad del agua con fines de consumo humano, doméstico y de subsistencia, y velar por el aprovechamiento y explotación sostenible de este recurso.
 

 
2024   Resolución 229 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social  

Autoriza a los laboratorios para que realicen los análisis físicos , químicos y microbiológicos de agua para el consumo humano.
 

 

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