Documentos para SISTEMAS NACIONALES :: Sistema Nacional de Áreas Protegidas - SINAP
Año   Documento   Restrictor  
2010   Decreto 2372 de 2010 Nivel Nacional  

Reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, Ley 165 de 1994 y el Decreto Ley 216 de 2003, en relación con la reglamentación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y los procedimientos generales relacionados con este. Asimismo, señala el objeto, definiciones, principios, coordinación del Sinap, subsistemas de gestión de áreas protegidas, áreas protegidas, distritos de conservación de suelos, suelo de protección y zonificación del sistema en comento.
 

 
2011   Ley 1450 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, ¿Prosperidad para Todos¿. Señala que las áreas de reserva forestal podrán ser protectoras o productoras, las primeras de ellas hacen parte del SNAP (art. 204).
 

 
2013   Concepto 19349 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

¿El Decreto 2372 de 2010 reglamenta lo relacionado con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, (¿) establece que es el conjunto de las áreas protegidas, los actores sociales e institucionales y las estrategias e instrumentos de gestión que las articulan, que contribuyen como un todo al cumplimiento de los objetivos generales de conservación del país (¿) los artículos 11 a 16 del Decreto ibídem, se refiere a las autoridades competentes para la reserva, delimitación, alinderación, declaración, administración y sustracción de áreas protegidas de carácter nacional y regional (¿) el Concejo de Bogotá, D.C., mediante Acuerdo Distrital 257 de 2006, le asignó a la Secretaría Distrital de Ambiente ejercer como autoridad ambiental del Distrito, (¿) en relación con la competencia para la declaratoria de áreas protegidas diferentes a las de carácter regional y nacional, ubicadas en el territorio urbano del Distrito Capital, se tiene que de la normatividad contenida en el Decreto 2372 de 2010, no se concreta la asignación de competencia relacionada con dichas áreas, (¿) no obstante, se refiere a las de escala local como parte del Subsistema de Gestión de Áreas Protegidas, precisando parámetros específicos, (¿) inicialmente podría entenderse que le es dado a los grandes centros urbanos su declaratoria (¿) en criterio de esta Dirección si las normas de superior jerarquía asignan a las Corporaciones Autónomas Regionales la declaratoria de áreas protegidas de escala regional, le correspondería a dicha Secretaría asumir tales atribuciones en el perímetro urbano, y respecto de las denominadas locales (¿) en coherencia con los principios de armonía regional y gradación normativa (¿) así mismo, (¿) las autoridades ambientales urbanas están llamadas a asesorar y apoyar los procesos de identificación de suelos de protección en el respectivo municipio o distrito (...)¿
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las disposiciones reglamentarias del Sector Ambiente. Se reglamenta el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y los procedimientos generales relacionados con éste. El SINAP es el conjunto de las áreas protegidas, los actores sociales e institucionales y las estrategias e instrumentos de gestión que las articulen, que contribuyen como un todo la cumplimiento de los objetivos generales de conservación del país. (Artículos 2.2.2.1.1.1 al 2.2.2.1.3.12).
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Regula los comportamientos afectan las áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) y áreas de especial importancia ecológica, así como las medidas correctivas a aplicar en los casos en que se incurra en los comportamientos. (Art. 103).
 

 
2017   Resolución 1434 de 2017 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Se establece que la delimitación del Área de Páramos Cruz Verde- Sumapaz y el régimen de actividades prohibidas de dicho ecosistema deben ser tenidos en cuenta por parte de las autoridades ambientales en las áreas protegidas públicas existentes o en las que se vayan a declarar con el fin de garantizar los servicios ambientales que dicho ecosistema presta. Dicha delimitación no modifica los límites de las áreas protegidas existentes en tratándose de estrategias complementarias de conservación.
 

 
2019   Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad. Las autoridades ambientales, en coordinación con otras entidades públicas y en el marco de sus funciones podrán celebrar acuerdos con población campesina en condición de vulnerabilidad, que habite, ocupe o realice usos tradicionales asociados a la economía campesina en áreas protegidas del SINAP que deriven su sustento de estos usos y que puedan ser reconocidos por las entidades que suscriben los acuerdos con una relación productiva artesanal y tradicional con el área protegida, con el objeto de contribuir a la atención de los conflictos de uso, ocupación y tenencia que se presenten en estas áreas. Estos acuerdos permitirán generar alternativas de usos compatibles con los objetivos de conservación del área, ordenar y regular los usos asociados a la economía campesina, para mejorar el estado de conservación de las áreas, definir actividades productivas acordes con los objetivos de conservación del área protegida y las condiciones de vida de la población, garantizando sus derechos fundamentales. Estos acuerdos podrán ser celebrados hasta tanto la concurrencia de las distintas entidades del Estado permita atender estos conflictos por uso, ocupación y tenencia con alternativas diferenciales, integrales y definitivas. Lo previsto en este artículo no modifica el régimen de propiedad de las áreas, ni su régimen de protección ambiental. (Artículo 7)
 

 

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