Documentos para SISTEMAS DISTRITALES :: Sistema Distrital de Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia
Año   Documento   Restrictor  
2009   Acuerdo 421 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea el Sistema Distrital de Protección Integral a las mujeres víctimas de violencia, como escenario de articulación interinstitucional para la protección integral a las mujeres víctimas de violencia en el espacio público y privado. Precisa que la Administración Distrital contará con 6 meses a partir de la aprobación del presente Acuerdo, para poner en marcha el Sistema.
 

 
2012   Acuerdo 491 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea el Sistema Distrital de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y establecer 11 lineamientos (entre ellos, la integralidad, participación, difusión, entre otros) en el Distrito Capital, para la formulación de la política pública a favor de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra contemplados en los tratados internacionales ratificados por Colombia y en la normatividad nacional.
 

 
2015   Acuerdo 583 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Institucionaliza las Casas de Igualdad de Oportunidades para Mujeres en Bogotá en cabeza de la Secretaría Distrital de la Mujer, las cuales son espacios de encuentro entre mujeres para el conocimiento de sus derechos y el desarrollo de procesos orientados al empoderamiento social y político, promotores del liderazgo, la autonomía y el ejercicio pleno de derechos. Constituyen el mecanismo privilegiado para territorialización de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género en Bogotá.
 

 
2015   Acuerdo 584 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Adopta los lineamientos de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, los cuales buscan contribuir a la eliminación de las condiciones sociales, económicas, culturales y políticas que generan discriminación, desigualdad y subordinación en las mujeres que habitan el territorio rural y urbano de Bogotá D.C., para el ejercicio pleno de sus derechos. El objetivo general de dicha política es garantizar los derechos de las mujeres, reconociendo sus identidades de género, sexuales, étnicas, raciales, culturales, religiosas, ideológicas, territoriales, de discapacidad, etareas, de origen geográfico y otras, mediante el desarrollo de medidas de política pública, con el fin de contribuir a la eliminación de la discriminación, la desigualdad y la subordinación en la Capital.
 

 
2015   Acuerdo 631 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Implementa en el Distrito Capital las Casas Refugio como organismos para el cumplimiento de las medidas de protección y de atención de las mujeres víctimas de las diferentes formas y tipos de violencia, junto con sus hijas e hijos si los tienen, estableciendo los criterios, condiciones y procedimiento para su otorgamiento en los términos de los artículos 17 y 19 de la Ley 1257 de 2008, sus decretos reglamentarios y las normas que la modifiquen o deroguen. Las Casas Refugio, como escenario principal para el cumplimiento de las medidas de protección y atención integral, son lugares dignos y seguros para vivir temporalmente que cubren las necesidades básicas de alojamiento alimentación y transporte de las mujeres víctimas de las diferentes formas y tipos de violencia, junto con sus hijas e hijos si los tienen, pero además les ayudan en la construcción y reconstrucción de sus proyectos de vida a través de asesoría y asistencia técnico legal gratuita y especializada, acompañamiento psicosocial, acompañamiento psicopedagógico y ocupacional, garantizando la seguridad, la interrupción del ciclo de violencia y la promoción de la restitución de sus derechos a partir del reconocimiento y potenciación de sus capacidades y habilidades, y el fortalecimiento de su autoestima y toma de decisiones, bajo el principio entre otros, de la corresponsabilidad.
 

 
2015   Decreto 035 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado para Bogotá Distrito Capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Ley 1448 de 2011, en concordancia con la Resolución 0388 de 2013 de la Unidad Administrativa Especial para la Asistencia, Atención y Reparación Integral a las Víctimas, y demás normas respectivas. El presente protocolo comprenderá todas las acciones dirigidas a garantizar la participación efectiva de las víctimas del conflicto armado en sus espacios de participación.
 

 
2015   Decreto 159 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica y adiciona el Decreto Distrital 035 de 2015 - Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado para Bogotá D.C.
 

 
2015   Ley 1761 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

La ley tiene por objeto tipificar el feminicidio como un delito autónomo, para garantizar la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y discriminación, así como prevenir y erradicar dichas violencias y adoptar estrategias de sensibilización de la sociedad colombiana, en orden a garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencias que favorezca su desarrollo integral y su bienestar, de acuerdo con los principios de igualdad y no discriminación. Igualmente modifica algunos artículos de la Ley 599 de 2000 -Código Penal-, y establece regla para los preacuerdos, principios rectores de investigación y juzgamiento de este delito, asistencia, orientación y representación técnico legal, la implementación por parte del Ministerio de Educación Nacional para la incorporación en la malla curricular de instituciones educativas de preescolar, básica y media sobre la perspectiva de genero, y se adoptan otras medidas.
 

 

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