Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2000 |
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Resolución 318 de 2000 Departamento Administrativo de Medio Ambiente
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Se establecen las condiciones técnicas para el manejo, almacenamiento, transporte, utilización y la disposición de aceites usados, definiciones, art. 1. Procedimientos para la separación, almacenamiento, envasado etiquetado y registro, art. 2 a 7. Responsabilidades, generadores, productores, solidaria, plan de contingencia; todo generador, productor, almacenista, transportador, y receptor de cualquier forma y/o cantidad de aceite usado, esta obligado a contar con un plan de contingencia contra posibles derrames, según los lineamientos del Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas para el caso de derrames sobre cuerpos de agua, y un plan definido para otros casos, art. 15 a 20. |
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2003 |
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Resolución 1188 de 2003 Departamento Administrativo de Medio Ambiente
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Se adopta el manual de normas y procedimientos para la gestión de aceites usados en el Distrito Capital, objeto, aplicación, definiciones, art. 1 a 3. Obligaciones y prohibiciones de los actores que intervienen en la cadena gestión de los aceites usados, registro, tipo de vehículos, art. 4 a 16. Responsabilidades, art. 17. Sanciones, art. 18. Control y vigilancia, art. 19 y 20. Derecho de intervención de los ciudadanos, art. 21. Transitorio, art. 22. Vigencia, art. 23. |
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2006 |
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Resolución 1908 de 2006 Departamento Administrativo de Medio Ambiente
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Fija los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por las fuentes fijas de las áreas-fuente de contaminación alta Clase I. Prohibe a partir del 01 de septiembre de 2006, el funcionamiento de las calderas y hornos ubicados en el área-fuente de contaminación alta a las que se refiere el Decreto Distrital 174 de 2006, que utilicen combustibles sólidos y crudos pesados, salvo algunas excepciones. Prohibe a partir del 31 de agosto de 2006, la utilización de aceites usados, o sus mezclas en cualquier proporción como combustible en calderas y hornos, así como en la fabricación de aceites lubricantes. |
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2011 |
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Resolución 6982 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente
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Dicta normas sobre prevención y control de la contaminación atmosférica por fuentes fijas y protección de la calidad del aire. Haciendo referencia al aceite usado no tratado como combustible se prohíbe ya sea en cualquier proporción o como mezcla en equipos de combustión externa y hornos de capacidad térmica menor o igual a 10 megavatios así como tampoco en equipos en los que se adelanten procesos para la elaboración de productos alimenticios para el consumo humano o animal. Por otro lado el uso del aceite usado tratado como combustible es permitido siempre y cuando el mismo provenga de empresas que cuenten con la respectiva licencia ambiental para dicho proceso. |
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2023 |
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Resolución 2238 de 2023 Secretaría Distrital de Ambiente
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Adopta en todas sus partes el Manual de Normas y Procedimientos para la Gestión de Aceites Usados en el Distrito Capital, de conformidad con las normas de orden nacional y distrital, junto con el procedimiento y obligaciones de los actores que intervienen en la cadena de generación, manejo, almacenamiento, recolección, transporte, utilización y disposición de aceites usados con el fin de minimizar los riesgos, garantizar la seguridad y proteger la vida, la salud humana y el medio ambiente. |
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Uso, Manejo y Disposición
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