Documentos para RESIDUOS SÓLIDOS :: Recolección
Año   Documento   Restrictor  
2006   Concepto 19 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Acerca de la viabilidad de colocar contenedores para la recolección de residuos sólidos en el espacio público, para poder prestar el servicio de recolección de residuos en algunas partes de la ciudad, no es posible su colocación, por no encontrarse ellos contemplados en el Decreto Distrital 170 de 1999, contentivo del mobiliario urbano permitido y además ser violatorios del Código Distrital de Policía. Sin embargo conforme a lo preceptuado en el artículo 3° del Decreto 170 de 1999, si el mobiliario a colocar no se encuentra contemplado ni en el Decreto ni en la cartilla de mobiliario urbano, la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos UESP, puede presentar, con apoyo de la Empresa Aseo Capital, un proyecto ante el DAPD, en el cual se indique la necesidad e importancia de la instalación en el espacio público de los contenedores, sin que tal mobiliario viole la protección al espacio público contenido en el Código de Policía.
 

 
2006   Concepto 6184 de 2006 Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos - U.E.S.P.  

¿ el desempapele y lavado de muros y postes realizado por Aseo Capital el pasado 28 de mayo de 2006, se realizó sobre publicidad electoral no autorizada, por cuanto los carteles o afiches por candidato o movimiento político podía realizarse en las carteleras locales o mogadores. En este sentido, la Alcaldía Mayor con apoyo de las Alcaldías Locales, adoptó mecanismos para prevenir y evitar esta actividad, asunto que, en consideración a que el Estado no puede contar con la autoridad de policía en cada esquina de la ciudad, se hizo imperativo el desempapele y lavado de muros y postes por parte de los concesionarios de aseo, en virtud del numeral 2.4 de la Resolución 114 de 2003, por la cual se adopta el Reglamento Técnico y Operativo para la concesión del servicio de aseo, que señala las actividades de limpieza que comprende:¿ Consecuencia de lo anterior, la limpieza, desempapele y lavado de muros y postes y mogadores, es una actividad a cargo del Concesionario de Aseo¿
 

 
2007   Circular 8 de 2007 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Recuerda a los Alcaldes Distritales y Municipales, que la recolección y el transporte de residuos sólidos en vehículos de tracción animal, no está legalizada, y que dicha tarea debe hacerse en los vehículos que cumplan las características previstas en las normas legales, es decir, según las disposiciones del Decreto Nacional 1713 de 2002. El único tipo de vehículo permitido para la recolección y el transporte de residuos sólidos ordinarios, es el motorizado con equipo de compactación. Los residuos peligrosos, aprovechables, escombros y otros que por sus características no pueden ser compactados, se transportarán en vehículos cubiertos para evitar el contacto de los residuos con la lluvia, el viento, el impacto visual y especialmente, que no se esparzan en las vías y alrededores.
 

 
2010   Resolución 1297 de 2010 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Establece a cargo de los productores de pilas y/o acumuladores que se comercializan en el país, la obligación de formular, presentar e implementar los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Pilas y/o Acumulados con el propósito de prevenir la degradación del ambiente.
 

 
2010   Resolución 1511 de 2010 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Establece a cargo de los productores de bombillas que se comercializan en el país, la obligación de formular, presentar e implementar los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Bombillas, con el fin de prevenir y controlar la degradación del ambiente.
 

 
2010   Resolución 1512 de 2010 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Establece a cargo de los productores de computadores y/o periféricos que se comercializan en el país, la obligación de formular, presentar e implementar los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Computadores y/o Periféricos, con el propósito de prevenir y controlar la degradación del ambiente.
 

 
2010   Resolución 1739 de 2010 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Suprime el requisito de que trata el artículo 19 de la Resolución 1297 de 2010, el artículo 19 de la Resolución 1511 de 2010 y el artículo 18 de la Resolución 1512 de 2010, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.
 

 
2011   Acuerdo 473 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se establece el programa puntos ecológicos, con el fin de promover la separación en la fuente de los residuos sólidos para su reciclaje, aprovechamiento y disposición final. La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, promoverá la vinculación de los centros comerciales, almacenes de cadena, grandes superficies, establecimientos institucionales, educativos, culturales, recreativos y deportivos ubicados en el Distrito Capital, para que instalen puntos ecológicos, con el fin de propiciar la separación en la fuente. Entiéndase por puntos ecológicos aquellos espacios destinados para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos y del material con potencial de aprovechamiento, donde el usuario deberá realizar la separación de los mismos desde la fuente. La Administración Distrital reglamentará lo concerniente a las características de los recipientes usados y otros elementos en los puntos ecológicos, de acuerdo a las normas técnicas vigentes que regulan la materia.
 

 
2011   Circular 14 de 2011 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en virtud de sus facultades de vigilancia y control legalmente atribuidas, solicita a los prestadores del servicio público domiciliario de aseo, tomar las medidas de contingencia previstas en la ley, las cuales permiten a la mayor brevedad mitigar y prevenir las situaciones que afecte la continuidad y calidad en la prestación de dicho servicio, recordandoles a dichos prestadores el cumplimiento de ciertas obligaciones y medidas de contingencia consagrados en el ordenamiento legal con el fin de impedir y mitigar los efectos generados por los fenómenos climáticos y cualquier otro evento que ponga en riesgo la prestación del servicio público de aseo.
 

 
2011   Concepto 41 de 2011 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Se solicita consulta relacionada con las actividades de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de lodos, producto del mantenimiento de redes de alcantarillado, sumideros y mantenimiento y lavado de las plantas de tratamiento de agua potable y la comercialización, facturación y recaudo de dicho servicio.¿(¿) el servicio de aseo recae sobre residuos principalmente sólidos y, de otra, la actividad de vigilancia y control a cargo de esta entidad, respecto del cumplimiento de leyes y actos administrativos a los que se sujetan quienes prestan servicios públicos, la faculta para sancionar sus violaciones siempre y cuando tal función no este atribuida a otra autoridad. ¿(¿) los contratos de condiciones uniformes los suscribe la empresa que presta el servicio público domiciliario con el usuario y/o suscriptor y existirá contrato desde que la empresa defina las condiciones uniformes en las que está dispuesta a realizar la prestación del servicio y el propietario, suscriptor o usuario solicite recibir el servicio en un determinado inmueble.¿
 

 
2011   Proyecto de Acuerdo 85 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Incluya a las organizaciones de recicladores de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad de la ciudad, dentro de las rutas de recolección selectiva de residuos sólidos aprovechables, en el marco de los procesos de gestión y manejo integral de los residuos sólidos.
 

 
2011   Resolución 541 de 2011 Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico  

Decide la solicitud de verificación de la existencia de motivos que permitan la inclusión de cláusulas de áreas de servicio exclusivo en los contratos de concesión que se suscriban para la prestación del servicio público de aseo en Bogotá, Distrito Capital. por un término de hasta ocho (8) años contados a partir de la suscripción de las actas de inicio de los respectivos contratos para conceder las actividades de: recolección y transporte, hasta el sitio de disposición final.
 

 
2012   Resolución 65 de 2012 Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos - U.E.S.P.  

Se declara la urgencia manifiesta con el fin de dar continuidad a la prestación del servicio público de aseo en Bogotá, en los componentes de recolección, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final y todas las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que ello conlleva, y la correspondiente interventoría administrativa, técnica, operativa, económica, financiera y contable, ambiental, sanitaria y de sistemas que asegure la adecuada prestación del servicio.
 

 
2012   Resolución 1750 de 2012 Secretaría Distrital de Ambiente  

Define unos lineamientos ambientales para el manejo y control adecuado y eficiente de los Residuos Sólidos Urbanos generados en el Distrito Capital en lo que concierne al componente de recolección y transporte del servicio de aseo, en cumplimiento de la alerta amarilla ordenada mediante el Decreto 570 de 2012.
 

 
2013   Resolución 701 de 2013 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Todo usuario y/o generador de residuos sólidos en el territorio del Distrito Capital, está obligado a presentar, en espacio público, para la recolección y transporte por parte de la población recicladora de oficio, los residuos sólidos que correspondan a materiales potencialmente reciclables y aprovechables en una bolsa blanca, con el contenido previsto en el artículo primero (1°) de la Resolución UAESP No. 799 de 2012, o la que modifique o sustituya, con una antelación no mayor a tres (3) horas ni inferior a una (1) hora, respecto del rango de horario y frecuencia establecida por el operador y/o prestador del servicio público de aseo en su componente de recolección de residuos sólidos ordinarios. La población recicladora de oficio será la responsable de la recolección y transporte de los residuos conservando en todo momento el área limpia, evitando la rotura de bolsas y la dispersión de residuos sólidos; y, en general, absteniéndose de incurrir en cualquiera de las conductas establecidas en el numeral 6° del artículo 4° del Acuerdo Distrital 417 de 2009.
 

 
2014   Directiva 5 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte directrices a las Entidades Distritales, para la implementación de Planes de Acción de orden técnico-operativo, de coordinación interninstitucional y de relacionamiento con la comunidad con el fin de mejorar las condiciones de vida de los habitantes del Distrito Capital. Es por ello que se requiere la acción conjunta de las diferentes Entidades Distritales y el compromiso de la ciudadanía, para que de manera coordinada se implementen planes de acción de corto y mediano plazo, cumpliendo así con el propósito de la presente Directiva ¿Limpiemos A Bogotá¿.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional  

Compila la normatividad sobre la Gestión Integral de los Residuos Sólidos. Señala las definiciones, el transporte y recolección de residuos aprovechables y no aprovechables, los aspectos generales en la prestación del servicio público, las actividades del servicio, los costos, el almacenamiento y presentación, el barrido y limpieza en las áreas públicas, lavado de áreas púbicas; corte de césped y poda de árboles (Artículo 2.3.2.2.3.87 al 2.3.2.2.3.95).
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Señala los comportamientos contrarios a la la limpieza y recolección de residuos y escombros y malas prácticas habitacionales, así como las medidas correctivas a aplicar. Determina que el Gobierno nacional y los alcaldes, en coordinación con las autoridades competentes, desarrollarán y promoverán programas que estimulen el reciclaje y manejo de residuos sólidos con las características especiales de cada municipio y según las costumbres locales de recolección de basuras o desechos. Las personas empacarán y depositarán, en forma separada, los materiales tales como papel, cartón, plástico y vidrio, de los demás desechos. (Art. 111 )
 

 
2018   Acuerdo 726 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.  

La Administración Distrital exigirá a quien solicite un permiso de evento, que conlleve aglomeración de público, un Plan de Manejo de Residuos Sólidos que garantice que los no aprovechables sean manejados por un prestador de servicios de aseo y los aprovechables sean correctamente manejados por medio de organizaciones de recicladores, estimulando así la formalidad de los mismos en la ciudad.
 

 

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