Documentos para PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA :: Centro de Memoria Histórica
Año   Documento   Restrictor  
2011   Decreto 2244 de 2011 Nivel Nacional  

Se adicionan unas funciones al Centro de Memoria Histórica con el fin de: 1. Recolectar, clasificar, sistematizar, analizar y preservar la información que surja de los Acuerdos de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación de que trata la Ley 1424 de 2010, así como de la información que se reciba, de forma individual y colectiva, de los desmovilizados con quienes se haya suscrito el Acuerdo de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación y de aquellas personas que voluntariamente deseen hacer manifestaciones sobre asuntos que guarden relación o sean de interés para el mecanismo no judicial de contribución a la verdad y la memoria histórica. 2. Suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto jurídico que se requiera para la ejecución de sus funciones y el desarrollo de su mandato. 3. Producir informes periódicos con carácter general que den a conocer a la sociedad colombiana los avances en el desarrollo de sus funciones. Igualmente, establece otras disposiciones sobre el acceso a la información, la excepción al deber de denunciar y la protección de los entrevistados.
 

 
2011   Decreto 4155 de 2011 Nivel Nacional  

Transforma el establecimiento público Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) en Departamento Administrativo, el cual se denominará Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, como organismo principal de la administración pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, cuyo objetivo es formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes generales, programas y proyectos para la superación de la pobreza, la inclusión social, la reconciliación, la recuperación de territorios, la atención y reparación a víctimas de la violencia, la atención a grupos vulnerables, población discapacitada y la reintegración social y económica y la atención y reparación a víctimas de la violencia a las que se refiere el artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, las cuales desarrollará directamente o a través de sus entidades adscritas o vinculadas, en coordinación con las demás entidades u organismos competentes. Además establece que mientras entra en funcionamiento el Centro de Memoria Histórica el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social garantizará el talento humano y los recursos técnicos y financieros para la elaboración del informe, que en cumplimiento del artículo 51 (52-2) (sic) de la Ley 975 de 2005 debía presentar la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, relativo al surgimiento y evolución de los grupos armados organizados al margen de la ley.
 

 
2011   Decreto 4803 de 2011 Nivel Nacional  

Define y establece la estructura administrativa, jurídica y funcional del Centro de Memoria Histórica; el cual esta creado como un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Establece además que el Centro de Memoria Histórica tiene jurisdicción en todo el territorio nacional y tendrá como sede principal la ciudad de Bogotá, D. C. Señala que este Centro tiene por objeto la recepción, recuperación, conservación, compilación y análisis de todo el material documental, testimonios orales y por cualquier otro medio, relativo a las violaciones ocurridas con ocasión del conflicto armado interno colombiano, a través de la realización de las investigaciones, actividades museísticas, pedagógicas y otras relacionadas que contribuyan a establecer y esclarecer las causas de tales fenómenos, conocer la verdad y contribuir a evitar en el futuro la repetición de los hechos.
 

 
2011   Ley 1448 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. Crea el Centro de la Memoria Histórica, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, el Centro de Memoria Histórica tendrá como sede principal la ciudad de Bogotá, D. C. y tendrá como objeto reunir y recuperar todo el material documental, testimonios orales y por cualquier otro medio relativos a las violaciones de que trata el artículo 3° de la presente Ley. (art. 146 a 148).
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 Nivel Nacional  

El Gobierno Nacional, por intermedio de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y la Reparación Integral a las Víctimas, en coordinación con el Centro de Memoria Histórica, los familiares de las víctimas y la comunidad, definirán las características del monumento que se erigirá en honor a las víctimas de desaparición forzada en los lugares declarados como Santuarios de la Memoria, que tenga como propósito devolver la dignidad a las personas desaparecidas y promover acciones que cumplan con el deber de recordar. (Artículo 2.2.2.1.54.)
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1084 de 2015 Nivel Nacional  

El Centro de Memoria Histórica es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, creada en virtud de la Ley 1448 de 2011, cuyo objeto es objeto la recepción, recuperación, conservación, compilación y análisis de todo el material documental, testimonios orales y por cualquier otro medio, relativo a las violaciones ocurridas con ocasión del conflicto armado interno colombiano, a través de la realización de las investigaciones, actividades museísticas, pedagógicas y otras relacionadas que contribuyan a establecer y esclarecer las causas de tales fenómenos, conocer la verdad y contribuir a evitar en el futuro la repetición de los hechos. (Artículo 1.2.1.1.)
 

 
2020   Decreto 1731 de 2020 Nivel Nacional  

Sustituye el Capítulo 13 del Título 3 de la Parte 10 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la reglamentación de la Ley 686 de 2001, que establece la Cuota de Fomento Cauchera.
 

 
2020   Resolución 120 de 2020 Centro Nacional de Memoria Histórica  

Reglamenta el Comité de Investigación y Procesos Editoriales del Centro Nacional de Memoria Histórica y establece los parámetros y estándares que se deben cumplir para la publicación de los productos del Centro Nacional de Memoria Histórica.
 

 

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