Documentos para BOGOTA DISTRITO CAPITAL :: Representación Legal, Judicial y Extrajudicial
Año   Documento   Restrictor  
1991   Decreto 432 de 1991 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Subsecretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá la facultad de recibir notificaciones y constituir apoderados judiciales para que representen al Distirto en los procesos que se ventilen en su contra en el Consejo de Estado y en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
 

 
1991   Decreto 790 de 1991 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Subsecretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la facultad de recibir notificaciones y constituir apoderados judiciales, para que representen al Distrito en los procesos que se ventilen en su contra en el Consejo de Estado y en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y para que representen al Distrito en las audiencias de conciliación establecidas en la ley 23 de 1991.
 

 
1992   Decreto 174 de 1992 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Jefe de la División de Asuntos Judiciales - Oficina Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la facultad de recibir notificaciones y constituir apoderados judiciales, para que representen al Distrito en los procesos que se ventilen en su contra en el Consejo de Estado y en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y para que representen al Distrito en las audiencias de conciliación establecidas por la ley 23 de 1991.
 

 
1992   Decreto 609 de 1992 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Jefe de la División de Asuntos Judiciales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la representación legal del Distrito, para que comparezca asista, actúe y lo represente en las etapas y audiencias de conciliación a realizar en la jurisdicción civil y laboral y en los asuntos relacionados con quiebras, concordatos y concurso de acreedores; así como para que reciba notificaciones y constituya apoderados judiciales que representen al Distrito en procesos que se ventilen en su contra en las jurisdicciones civil y laboral, por medio de poderes especiales.
 

 
1997   Decreto 52 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se delega la representación legal del Distrito Capital para efectos judiciales en los secretarios de despacho y en los jefes de departamento administrativo, dentro de las actuaciones o procesos por delitos contra la administración pública, por hechos que afecten el patrimonio
 

 
2000   Fallo 16952 de 2000 Consejo de Estado  

El Alcalde Mayor de Bogotá es representante legal del Distrito y puede representar a otras entidades del mismo orden, lo cual no implica que las cuentas a su cargo deben servir de prendas general de los acreedores de todas las personas jurídicas a quienes representa.
 

 
2001   Fallo 481 de 2001 Consejo de Estado  

Entre las funciones del Alcalde esta la de representar judicial y extrajudicialmente al municipio como claramente queda determinado en el art. 315 de la constitución y 35 del Decreto Nacional 1421 de 1993.
 

 
2002   Fallo 644 de 2002 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

Las entidades públicas pueden intervenir en los procesos por intermedio de sus representantes judiciales, dado que el Alcalde Mayor es el representante legal judicial y extrajudicial del Distrito Capital, es precisamente el Distrito quien puede comparecer a los procesos, no así los Departamentos Administrativos ya que los mismos forman parte de la administración central.
 

 
2003   Decreto 66 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se adiciona el Decreto Distrital 854 de 2001, artículo 15, respecto de la delegación a que se refiere en la facultad de representación judicial y extrajudicial del Distrito Capital en los procesos derivados de modificaciones de planta de personal; y en lo que refiere a la representación legal con la facultad de conciliar en las audiencias obligatorias, art. 1. Vigencia, art.2.
 

 
2003   Documento de Relatoria 167 de 2003 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Relación de la historia la Representación judicial y extrajudicial en la administración central y localidades del D.C.
 

 
2004   Decreto 29 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Determina que corresponde al Concejo de Bogotá la representación legal y judicial del Distrito en procesos de fuero sindical instaurados o notificados desde la entrada en vigencia de este Decreto, ordena para ello que el Concejo cree un Comité de Defensa y Conciliación Judicial, y señala que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor seguirá atendiendo los procesos judiciales relativos al Concejo que actualmente están a su cargo y los diferentes a fuero sindical que le sean notificados.
 

 
2005   Decreto 203 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Efectúa unas delegaciones y asignaciones en materia de representación legal, administrativa, judicial y extrajudicial del Distrito Capital. Delega en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y el Gerente de la U.E.S.P., la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, en relación con sus respectivos organismos y todas las dependencias que los conforman.
 

 
2005   Decreto 214 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Dicta normas relacionadas con la representación legal, en lo judicial y extrajudicial, de Bogotá, D.C., en relación con la Personería, la Contraloría y la Veeduría Distritales. Reconoce a los mencionados entes, la facultad de representar legalmente, en lo judicial y extrajudicial, a Bogotá, Distrito Capital, en aquellos asuntos que se deriven de los actos, hechos, omisiones u operaciones que los mismos expidan, realicen o en que incurran o participen, o que se refieran a los asuntos inherentes a cada uno de ellos. Define las reglas que deberán observar respecto de los procesos vigentes y futuros que se deriven de la gestión administrativa, señala que los jefes y/o autoridades administrativas de los órganos de control y del Concejo de Bogotá, D.C., o sus delegados, darán oportuno cumplimiento a las providencias judiciales, conciliaciones, transacciones y laudos arbitrales, que se hubieren proferido a partir del 1° de enero de 2002
 

 
2005   Resolución 141 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Constituye como representantes legales especiales del Distrito Capital y la Secretaría General, a los funcionarios Héctor Díaz Moreno, Luis Carlos Vergel Hernández, y Camilo José Orrego Morales.
 

 
2007   Decreto 193 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Secretario Distrital de Movilidad la representación legal en lo judicial y extrajudicial, de Bogotá, Distrito Capital, para iniciar los procesos judiciales o mecanismos alternativos de solución de conflictos derivados de asuntos del resorte exclusivo de la suprimida Secretaría de Tránsito y Transporte, ajenos al FONDATT, en liquidación, en los cuales tenga interés Bogotá Distrito Capital con las atribuciones y dentro de los parámetros establecidos en el Decreto Distrital 203 de 2005 o normas que lo modifiquen o adicionen. Delega en el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, la representación legal en lo judicial y extrajudicial, de Bogotá D.C., para iniciar y/o atender los procesos judiciales o mecanismos alternativos de solución de conflictos en los asuntos inherentes o relativos a la Secretaría de Obras Públicas, antes de su transformación, o aquellos en los cuales ésta sea o haya sido vinculada.
 

 
2007   Resolución 19 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en los servidores públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Héctor Díaz Moreno y Camilo José Orrego Morales, la facultad de comparecer en nombre y representación del Alcalde Mayor de Bogotá, ante los Despachos Judiciales o autoridades administrativas en todas aquellas audiencias de conciliación, judiciales o extrajudiciales, o de pacto de cumplimiento, cuando se requiera, además de la presencia del respectivo apoderado, la presencia del Alcalde Mayor como representante legal del Distrito Capital, quienes tendrán facultades para conciliar el objeto del proceso.
 

 
2008   Documento de Relatoria 24 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Relación de las normas y directrices de representación judicial en Bogotá D.C., desde el año 1991.
 

 
2009   Resolución 10 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Constituye a los funcionarios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Héctor Díaz Moreno, Matilde del Carmen Murcia Celis, Edgar Mauricio Gracia Díaz y Gloria Magdalena Diago Casasbuenas, como representantes legales especiales de Bogotá, D.C., con facultades de representación legal y de conciliar, para asistir a las audiencias de conciliación, judiciales y extrajudiciales, audiencias de pacto de cumplimiento, y en todas aquellas en que se requiera la presencia del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., servidores que deberán dar estricto cumplimiento a las decisiones del Comité de Conciliación y presentar un informe mensual a la Dirección Jurídica Distrital de la citada Secretaría.
 

 
2009   Resolución 30 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Con el fin de que concurran a las audiencias de conciliación judiciales y extrajudiciales, audiencias de pacto de cumplimiento, y todas aquellas en que se requiera la presencia del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., constituye como representantes legales especiales de Bogotá D.C, con facultades de representación legal y de conciliar, los servidores Héctor Díaz Moreno, Matilde del Carmen Murcia Celis, Edgar Mauricio Gracia Díaz, Gloria Magdalena Diago Casasbuenas, Orlando Corredor Torres, Gloria Astrid Meza Vásquez, Henry Alberto González Molina y Waldina Gómez Carmona, todos funcionarios de la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
 

 
2009   Resolución 65 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega la representación legal, en lo judicial y extrajudicial, de Bogotá, D.C. en el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda para representar y defender los interés de la entidad territorial dentro del proceso que cursa en el tribunal de Brooklyn New York de Colombia, et al causa Numero CV 04-4372-Garaufis. Asigna a la Secretaria Distrital de Hacienda la competencia para adoptar, en nombre de Bogotá, Distrito Capital, todas las decisiones administrativas y contractuales respecto del negocio jurídico suscrito entre Bogotá, Distrito Capital, con la firma de abogados SACKS AND SMITH, L.L.C Y KRUPNICK, CAMPELL, MALONE, ROSELLI, BUSTER, SLAMA, HANCOCK, MCNELIS, LIBERMAN AND MCKEE, P.A cuyo objeto es "adelantar la representación judicial y extrajudicial en los litigios o reclamaciones en el exterior contra los fabricantes de licores estadounidense e internacionales."
 

 
2011   Decreto 655 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Gerente de la Unidad Administrativa Especial sin personería jurídica, la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en relación con sus respectivos organismos, para todos aquellos procesos, diligencias y/o actuaciones, judiciales o administrativas, que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que expidan, realicen o en que incurran o participen, o que se relacionen con asuntos inherentes a cada uno de ellos, conforme a su objeto y funciones, con las facultades, limitaciones y reglas previstas en el artículo 2º de este decreto.
 

 
2013   Concepto 6462 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección Jurídica Distrital  

¿(¿) El (¿) Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, hace referencia a los documentos que deben acompañarse a la demanda en los procesos de los que conoce la jurisdicción de lo contencioso administrativo (¿) debe adjuntarse la prueba de la existencia y representación cuando se trate de personas jurídicas de derecho privado o de personas de derecho público que intervengan en el proceso, salvo en relación con la Nación, los departamentos y los municipios. (¿) Bogotá D.C. de acuerdo con (¿) la Constitución (¿) es una entidad territorial, con autonomía para la gestión de sus intereses, con derecho a gobernarse por autoridades propias (¿) 1. El Concejo Distrital, 2. El alcalde mayor. 3. Las juntas administradoras locales. 4. Los alcaldes y demás autoridades locales. 5. Las entidades que el Concejo, a iniciativa del alcalde mayor, cree y organice. (¿) no hace referencia a la Alcaldía Mayor sino al Alcalde Mayor, en entendido que es en cabeza de éste, en quien se asignan (¿) funciones, (¿) cumplir la Constitución, la ley, los decretos del Gobierno Nacional y los acuerdos del Concejo de Bogotá D.C. (¿). El Diccionario de la Lengua Española (¿) define (¿) que la alcaldía, no es más que el edificio o sede en la cual el alcalde ejerce sus funciones, (¿) el alcalde se erige como el representante más directo y visible de los intereses de la población y que mejor los canaliza hacía otras esferas públicas (¿) es la autoridad por excelencia de la entidad fundamental de la organización política y administrativa del Estado: el municipio (¿) Bogotá D.C., es una entidad territorial, con autonomía administrativa y fiscal para la gestión de sus intereses (¿) debe cumplir las competencias que le han sido otorgadas por la Constitución y la Ley, (¿) a través de las autoridades instituidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, (¿) y cuya creación deviene directamente de la Constitución, por lo tanto (¿) no es necesario acreditar la prueba de su existencia y representación legal (¿) el Alcalde Mayor es el jefe de gobierno y de la administración distritales y representa legal, judicial y extrajudicialmente al Distrito Capital (¿)¿
 

 
2013   Concepto 37614 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta respecto al Certificado de Existencia y Representación Legal de la Alcaldía Mayor de Bogotá. ¿Sobre el particular, cabe precisar que el numeral 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, hace referencia a los documentos que deben acompañarse a la demanda en los procesos de los que conoce la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en cuyo numeral 4° indica que debe adjuntarse la prueba de la existencia y representación cuando se trate de personas jurídicas de derecho privado o de personas de derecho público que intervengan en el proceso, salvo en relación con la Nación, los departamentos y los municipios y las demás entidades creadas por la Constitución y la ley¿. ¿el numeral 4° del artículo 77 del Código de Procedimiento Civil, establece que a la demanda deberá acompañarse la prueba de la representación de las personas jurídicas que figuren como demandantes o demandadas, salvo cuando se trata de la Nación, departamentos, municipios¿. ¿de acuerdo con los artículos 286 y 287 de la Constitución Política de 1991, es una entidad territorial, con autonomía para la gestión de sus intereses, con derecho a gobernarse por autoridades propias y ejercer las competencias que le corresponda¿. ¿el artículo 2° del Decreto Ley 1421 de 1993, determina que: ¿El Distrito Capital como entidad territorial está sujeto al régimen político, administrativo y fiscal que para él establece expresamente la Constitución, el presente estatuto y las leyes especiales que para su organización y funcionamiento se dicten. En ausencia de las normas anteriores, se somete a las disposiciones constitucionales y legales vigentes para los municipios¿. ¿Bogotá, D.C., es una entidad territorial cuya creación deviene directamente de la Constitución, por lo tanto, a voces del artículo 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no es necesario acreditar la prueba de su existencia y representación legal, por así establecerlo dicha disposición¿. ¿respecto de la representación legal de Bogotá, D.C., cabe señalar que el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que el Alcalde Mayor es el jefe del gobierno y de la administración distritales y representa legal, judicial y extrajudicialmente al Distrito Capital, esto en concordancia con el numeral 3° del artículo 315 Superior¿.
 

 
2013   Concepto 37957 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta respecto a la expedición del certificado de existencia jurídica y representación legal del Distrito de Bogotá¿, indicando que lo necesita para anexarlo a una demanda. ¿cabe precisar que el numeral 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, hace referencia a los documentos que deben acompañarse a la demanda en los procesos de los que conoce la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en cuyo numeral 4° indica que debe adjuntarse la prueba de la existencia y representación cuando se trate de personas jurídicas de derecho privado o de personas de derecho público que intervengan en el proceso, salvo en relación con la Nación, los departamentos y los municipios¿. ¿Bogotá, D.C., de acuerdo con los artículos 286 y 287 de la Constitución Política de 1991, es una entidad territorial, con autonomía para la gestión de sus intereses, con derecho a gobernarse por autoridades propias y ejercer las competencias que le corresponda¿. ¿Bogotá, D.C., es una entidad territorial, con autonomía administrativa y fiscal para la gestión de sus intereses, encargada de prestar los servicios a su cargo, promover el desarrollo integral de su territorio y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, funciones que cumple a través de las autoridades establecidas en el artículo 5° del Decreto Ley 1421 de 1993¿. ¿es una entidad territorial cuya creación deviene directamente de la Constitución, por lo tanto, a voces del artículo 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no es necesario acreditar la prueba de su existencia y representación legal, por así establecerlo dicha disposición¿. ¿Respecto de la representación legal de Bogotá, D.C., procede manifestar que el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que el Alcalde Mayor es el jefe del gobierno y de la administración distritales y representa legal, judicial y extrajudicialmente al Distrito Capital, esto en concordancia con el numeral 3° del artículo 315 Superior¿.
 

 
2014   Resolución 57 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Constituye como representantes legales de Bogotá, D.C., con facultades de representación legal y de conciliar, para asistir a las audiencias de conciliación, judiciales y extrajudiciales, audiencias de pacto de cumplimiento, y en todas aquellas en que se requiera la presencia del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., a los servidores públicos que se señalan a continuación: Bismar Segundo Alemán Cabrera, Gloria Magdalena Diago Casasbuenas, Gloria Astrid Meza Vásquez, Henry Alberto González Molina, Waldina Gómez Carmona y Luís Alfonso Castiblanco Urquijo.
 

 
2015   Decreto 445 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Deroga el Decreto Distrital 655 de 2011 y asigna a los Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos y Unidades Administrativas Especiales sin personería jurídica, la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en relación con sus respectivos organismos, para todos aquellos procesos, diligencias y/o actuaciones, judiciales o administrativas, que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que expidan, realicen o en que incurran o participen, o que se relacionen con asuntos inherentes a cada uno de ellos. Se establecen las facultades, asignaciones especiales al Secretario General y al Subdirector Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico de la Alcaldía Mayor. y a los secretarios Distritales de Gobierno y Hacienda.
 

 
2017   Concepto 220173 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital  

Niega la solicitud de la consulta sobre expedir un certificado sobre la existencia jurídica y representación legal del Distrito Capital, toda vez que Bogotá, D.C., es una entidad territorial cuya creación deviene directamente de la Constitución Política de Colombia, en consecuencia y conforme al numeral 4° del artículo 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no es necesario acreditar prueba de su existencia y representación legal.
 

 
2018   Resolución 065 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Constituye como representantes legales de Bogotá, D.C., con facultades de representación legal y de conciliar, para asistir a las audiencias de conciliación, judiciales y extrajudiciales, audiencias de pacto de cumplimiento, y en todas aquellas en que se requiera la presencia del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., a los servidores públicos señalados en el cuerpo de la norma.
 

 
2020   Circular 019 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital  

Establece directrices sobre las intervenciones frente al control de constitucionalidad sobre las medidas adoptadas por el gobierno nacional y para la intervención del Distrito Capital en dichas actuaciones y en el trámite del control inmediato de legalidad de los actos propios en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19.
 

 
2020   Directiva 005 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital  

Fija lineamientos de los perfiles requeridos para la contratación de apoderados en tribunales de arbitramento, particularmente respecto del conocimiento jurídico y tiempo exigido de experiencia profesional en el ejercicio del Derecho, y determina la información que debe ser remitida sobre potenciales árbitros en controversias que hagan parte entidades u organismos distritales.
 

 
2021   Decreto 089 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Articula, actualiza, unifica y orienta el ejercicio de la representación judicial y extrajudicial a la actual organización administrativa y por ende reduce los trámites asociados a la suscripción de poderes generales y armoniza las delegaciones otorgadas a los jefes jurídicos de las entidades en los Decreto Distritales con el Decreto Distrital que concentra las reglas de la actividad litigiosa del Distrito.
 

 
2022   Acuerdo 001 de 2022 Secretaría Jurídica Distrital - Comité de Conciliación  

Fija los criterios para la selección de abogados externos que ejerzan representación judicial en nombre de Bogotá Distrito Capital.
 

 
2023   Concepto 220237 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos  

Conceptúa sobre inquietudes relacionadas con el NIT de las entidades distritales y representación judicial.
 

 
2023   Directiva 004 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital  

Presenta el instrumento denominado Manual para el Seguimiento y Representación Judicial del Distrito Capital como Víctima en el Marco del Ordenamiento Jurídico Penal Colombiano, el cual contiene un procedimiento eficaz en el que se definen las actuaciones que corresponden a la representación judicial como víctima o parte civil dentro de los procedimientos penales vigentes, fundamentado en el marco legal y la jurisprudencia nacional.
 

 

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