Documentos para PENSION DE SOBREVIVIENTES :: Cotización
Año   Documento   Restrictor  
2003   Sentencia 1094 de 2003 Corte Constitucional de Colombia  

No hay criterios objetivos que comprueben que la muerte por enfermedad de un afiliado al sistema general de pensiones deba merecer una exigencia mayor a la fijada para los casos de muerte por accidente, cuando se trata de fijar la “densidad de cotización” para la pensión de sobrevivientes. Carece igualmente de fundamento razonable una distinción para establecer la densidad de cotización a partir del suicido u homicidio como causas de fallecimiento del afiliado. Este solo criterio, no es suficiente para soportar una diferenciación entre los miembros del grupo familiar del afiliado en uno y otro caso.
 

 
2019   Sentencia 63609 de 2019 Corte Suprema de Justicia  

La Sala Laboral sobre la aplicación del requisito contenido en el parágrafo 1° del artículo 12 de la Ley 797 de 2003, indica que permite conceder la pensión de sobreviviente, aun cuando el afiliado no hubiere cotizado 50 semanas en los tres años anteriores al deceso, lo que ha requerido la jurisprudencia, es el cumplimiento del número de semanas mínimo del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 junto con las modificaciones de la Ley 797 de 2003. O excepcionalmente, si cumple el régimen de transición, del artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990, sin hacer alusión al cumplimiento de la edad, que aquellas mismas normativas precisan para el reconocimiento de la pensión de vejez.
 

 

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