Documentos para ORGANIZACIÓN SINDICAL Y/O SINDICATO :: Normas Aplicables
Año   Documento   Restrictor  
1950   Decreto 2663 de 1950 Nivel Nacional  

Los sindicatos son organizaciones de libre ingreso y retiro de los trabajadores. En los estatutos se reglamentará la coparticipación en instituciones de beneficio mutuo que hubiere establecido el sindicato con aportes de sus miembros. Los sindicatos de trabajadores se clasifican así: de empresa; de industria o por rama de actividad económica; gremiales; de oficios varios. Ahora bien, el artículo 292 del Código Penal prohíbe a toda persona atentar contra el derecho de asociación sindical. A su vez, se fija los actos atentatorios contra el derecho de asociación sindical, por parte del empleador. En concordancia con lo anterior, se compila lo establecido en punto al número mínimo de afiliados; fundación; personería jurídica.
 

 
1958   Decreto 018 de 1958 Nivel Nacional  

Dicta disposiciones de carácter laboral respecto a los sindicatos.
 

 
1992   Concepto 485 de 1992 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La creación de una organización sindical constituye el desarrollo del derecho de asociación que consagra la Constitución Política, permitiendo así a los empleadores, a los trabajadores y a todo el que ejerza una actividad independiente, el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses. Los sindicatos son personas jurídicas de derecho privado, debido a que así las consagra la ley civil, ya que el fin que persiguen es la defensa de intereses concretos relacionados con asuntos de orden laboral de las personas que deciden asociarse para tal fin. Para estos no es viable el pago de auxilios destinados a las agremiaciones o asociaciones sindicales debido a su naturaleza jurídica, por prohibición expresa del artículo 355 de la Constitución Política que establece que ninguna de las ramas u órganos del Poder Público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado
 

 
2003   Resolución 2 de 2003 Ministerio del Trabajo  

Procedimiento para efectuar el depósito de las reformas estatutarias de las organizaciones sindicales, art. 1 a 8.
 

 
2011   Sentencia 303 de 2011 Corte Constitucional de Colombia  

Cuando se celebra un contrato colectivo sindical, las condiciones en que se pacta no son de subordinación y dependencia como en un contrato individual de trabajo, sino que los términos de la negociación son fruto de una concertación en igualdad de condiciones, entre el representante legal del sindicato y la empresa contratante, que según el artículo 482 C.S.T. consiste en un sindicato patronal. De hecho, según el numeral 7° del artículo 5° del decreto 1429 de 2010, ¿El sindicato será el responsable de la administración del sistema de seguridad social integral, tales como la afiliación, retiro, pagos y demás novedades respecto de los afiliados partícipes¿.
 

 
2012   Sentencia 46177 de 2012 Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral  

¿(¿) Resuelve la Corte el recurso de apelación interpuesto por el apoderado del SINDICATO DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL SENA ¿SINDESENA¿, contra la sentencia proferida el 12 de abril de 2010, por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, dentro del proceso especial de calificación de la suspensión o paro colectivo adelantado en el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE ¿ SENA (¿)¿ ¿(¿) no se demostró que el empleador hubiere incumplido las obligaciones, dado que los recortes presupuestales a los que se hizo alusión por parte de las organizaciones sindicales obedecieron a supuestos y no a realidades y que si lo pretendido era protestar, ello debió realizarse en horas inhábiles, dado que lo contrario implicaba la sustracción de las actividades encomendadas a sus empleados y que el hecho de ser de corta duración no exoneraba de la declaratoria de ilegalidad. (¿)¿ Hay que tener en cuenta que ¿(¿) una de las funciones principales de los sindicatos es la propender por la defensa de los intereses de sus afiliados, y de la organización misma, bajo el entendido de que no puedan excluirse fines que no sean eminentemente profesionales, menos como sucedió en este caso (¿)¿ ¿(¿) si la utilización del mecanismo es legal cuando se busca mejorar las condiciones de trabajo, no se avizoran razones para pensar que no lo es, cuando, como en este evento, se trató de mantener las condiciones vigentes, en el que, a juicio del sindicato, las medidas legislativas que se cernían sobre esta clase de entidades, daban lugar, por lo menos, a la desmejora de la situación de los trabajadores, pero además, pondrían en riesgo la función social que cumplen las mismas. (¿)¿ Finalmente ¿(¿) conforme a la totalidad de las pruebas estudiadas, emerge diáfano que la situación puesta en conocimiento por el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA permite concluir, que lo que ocurrió fue una actividad sindical de protesta que no encuadra dentro de los supuestos de la Ley 1210 de 2008, y por tanto se infirmará la decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla. (¿)¿.
 

 
2013   Sentencia 741 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

Para esta Corte, la exigencia hecha al interesado en impugnar el acto administrativo que impone la multa, en nada desconoce el núcleo esencial de su derecho al debido proceso, pudiendo éste- el patrono- fácilmente evitar la imposición de la sanción, si recibe a los trabajadores en el término consagrado. El objeto que pretende resguardar la norma, explica y sustenta en forma fehaciente la imposición de la carga adicional que para el ejercicio de los recursos de la vía gubernativa debe soportar el empleador como consecuencia del incumplimiento de sus deberes en relación con el derecho a la negociación colectiva, consagrado constitucionalmente en el artículo 55. Cabe además recordar que la jurisprudencia ha declarado la constitucionalidad de este tipo de cargas procesales y ha señalado que su racionalidad depende de las exigencias hechas a cada una de las partes y de conformidad con los fines buscados por el legislador al establecer las formas propias de cada juicio(&) es constitucionalmente admisible que el legislador adopte medidas tendientes a proteger al trabajador dentro de los procesos de negociación colectiva, que como lo ha reiterado la legislación y la jurisprudencia constitucional, es la parte más débil de la relación laboral, quien, por ende, requiere de una especial protección del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Constitución Política. En efecto, es a través de dichas medidas como el legislador puede compensar de manera real, la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador, en razón no sólo de su situación económica, sino por la subordinación propia del contrato de trabajo. La norma acusada busca que el empleador no evite ni aplace la negociación colectiva, una vez presentado el pliego. Así las cosas, antes que vulnerar el principio de igualdad, la expresión acusada se ajusta a lo dispuesto en el artículo 13 Superior&
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 Nivel Nacional  

Los cambios totales o parciales en las juntas directivas, subdirectivas o comités seccionales de las organizaciones sindicales, deberán ser comunicados por escrito una vez realizada la asamblea de elección, por cualquier miembro de la junta entrante o saliente, al respectivo empleador y al inspector de trabajo de la correspondiente jurisdicción o, en su defecto, a la primera autoridad política del lugar, con indicación de los nombres identificación de cada uno de los directivos elegidos. El inspector o el alcalde, a su vez, pasarán igual comunicación inmediatamente al empleador o empleadores.
 

 
2016   Decreto 36 de 2016 Nivel Nacional  

Se modifican los artículos 2.2.2.1.16 al 2.2.2.1.23 y se adicionan los artículos 2.2.2.1.24 al 2.2.2.1.32 del Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamentan los artículos 482, 483 y 484 del Código Sustantivo de Trabajo, en particular lo relacionado con el contrato sindical definido como aquel que celebran uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. Es de naturaleza colectiva laboral, solemne, nominado y principal.
 

 
2023   Acuerdo 913 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea la Orden Civil al Mérito Sindical en el grado CRUZ DE ORO, la cual será otorgada a los ciudadanos, ciudadanas, Líderes Sindicales y/u organizaciones sindicales que se hayan distinguido por sus aportes, conquistas o publicaciones en la lucha sindical en Bogotá D.C.
 

 

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