Documentos para ORGANIZACIONES POPULARES DE VIVIENDA :: Captación de Recursos
Año   Documento   Restrictor  
2010   Resolución 671 de 2010 Secretaría Distrital del Hábitat  

Las Organizaciones Populares de Vivienda (OPV) deben obtener autorización previa de la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat para captar recursos económicos de los afiliados destinados a un programa de vivienda por autogestión o participación comunitaria, para lo cual se debe elevar una solicitud que para efectos de obtener el permiso antes aducido y de conformidad con el artículo 3º del Decreto Distrital 100 de 2004, el solicitante deberá haber efectuado el registro y hacer entrega de unos documentos determinados.
 

 

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