Documentos para ACTO LEGISLATIVO :: Presentación
Año   Documento   Restrictor  
2012   Sentencia 294 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

¿En ninguna parte de la Constitución, como el propio demandante lo reconoce en su demanda, se exige expresamente que los Actos legislativos deban ser firmados, junto a los Ministros, por el Presidente de la República para que su voluntad se entienda dada efectivamente. En cambio sí, como se dijo, la Constitución establece la regla de representación ministerial del Presidente ante el Congreso de la República, al indicar que los ministros, en relación con el Congreso, son voceros del Gobierno (art. 208, CP).. Por lo tanto, teniendo en cuenta que los Proyectos de Acto legislativo son actos que han de tramitarse ante el Congreso de la República, que los ministros, en relación con el Congreso, son voceros del Gobierno (art. 208, CP) de acuerdo con la Constitución y la manera como la jurisprudencia constitucional ha aplicado estas reglas, la Sala considera que los ministros, en relación con la presentación de Actos legislativos, son voceros del Gobierno y, por tanto, se presume que representan al Presidente de la República.¿
 

 

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