2011 |
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Resolución 102 de 2011 Procuraduría General de la Nación
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Asignó a los Procuradores Judiciales I y II para Asuntos Administrativos de todo el país, la función preventiva de realizar visitas a los Comités de Conciliación de las entidades y organismos de derechos público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios de capital de departamento y a los entes descentralizados de estos mismos niveles, con el fin de verificar y evaluar las gestiones desplegadas en el cumplimiento de las funciones establecidas por el Decreto 1716 de 2009 y las demás que estén dirigidas a la optimización de la defensa judicial, a la prevención del daño antijurídico, al uso efectivo de la conciliación y demás mecanismos alternativos de solución de conflictos y a la protección del patrimonio público. Entre las funciones asignadas a los Procuradores están la de practicar directamente las visitas, diligenciar en cada entidad el ¿Protocolo de visitas¿, verificar el cumplimiento de las funciones asignadas a los comités, solicitar, cuando se requiera, la elaboración de planes de mejoramiento con el fin de corregir deficiencias y realizar capacitación en los temas relacionados con la conciliación extrajudicial y judicial, la acción de repetición, el llamamiento en garantía con fines de repetición, entre otros. |
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2020 |
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Decreto 491 de 2020 Nivel Nacional
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Establece que en la radicación de solicitudes de convocatoria y en el trámite de las conciliaciones que sean de competencia de la Procuraduría General de la Nación, se promoverán y privilegiarán los procedimientos no presenciales, de acuerdo con las instrucciones administrativas que imparta el Procurador General de la Nación, para lo cual se acudirá a las tecnologías de la comunicación y la información. |
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2023 |
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Resolución 035 de 2023 Procuraduría General de la Nación
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Imparte instrucciones administrativas para la implementación de la Ley 2220 de 2022 en el trámite de los procedimientos de conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo, para ello, se adoptarán las medidas necesarias que garanticen el derecho a la igualdad, debido proceso, transparencia y publicidad. |
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