Documentos para PARQUES :: Administración
Año   Documento   Restrictor  
1987   Acuerdo 5 de 1987 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza a la Administración Distrital para celebrar contratos de administración sobre algunos parques. Señala la naturaleza de los contratos, cobros autorizados, entidad interventora, representación en la Junta Directiva del I.D.R.D., de un miembro de las ligas deportivas de Bogotá D.C. Cambia nombres a algunos parques distritales.
 

 
2002   Acuerdo 078 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.  

Dicta disposiciones para la sostenibilidad de parques en el Distrito Capital, define el sistema de parques del distrito, la exención al impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, para contribuyentes que contraten con el Distrito el mantenimiento, administración o inversión en parques, la explotación y recursos para los mismos, usos y veedurías para su administración adecuada. Art. 1 a 10. Vigencia Art. 11.
 

 
2003   Decreto 154 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Exención al Impuesto de industria y comercio en favor de las entidades sin ánimo de lucro que celebren contratos para la administración y mantenimiento de parques Distritales, art. 1.
 

 
2003   Decreto 263 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala el objetivo de los comités locales de control social de los parques metropolitanos, zonales y vecinales del sistema distrital de parques, sus miembros, la forma en que el mismo se convoca, el período de los integrantes, sus funciones y los principios que las orientan, las calidades para ser elegido, la coordinación y promoción de los comités y define los acuerdos ciudadanos locales.
 

 
2004   Concepto 24 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

En los parques urbanos que se construyen escenarios para el deporte, la formación, la salud, esparcimiento, es indispensable que se ofrezcan productos y servicios que complementan la actividad que se despliega. Es el caso de las bebidas hidratantes, de las frutas y comestibles, de los servicios sanitarios básicos, en algunos casos, para el uso de los lagos y de los aparatos de recreación y diversión se requiere de operadores y prestatarios de estos servicios. Por ello el Instituto de Recreación y Deporte debe procurar que se brinden estas comodidades al público que va a hacer uso de estos lugares y prestar directamente los mismos, acudiendo a la forma de contratación que procure el máximo uso y disfrute del bien.
 

 
2011   Resolución 707 de 2011 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD  

Adopta las medidas de uso del sendero peatonal de Monserrate que deberán ser cumplidas por los deportistas, turistas y caminantes. Algunas de esas medidas son identificar y respetar al personal del sendero como autoridad administrativa encargada, transitar únicamente por el sendero respetando las señalizaciones y evitando caminos o rutas alternas, las mujeres embarazadas deben de abstenerse de realizar los recorridos, los niños y menores de edad deberán estar acompañados de un adulto responsable, las personas con deficiencias cardíacas o respiratorias deberán advertir de su condición al personal presente en el sendero, no arrojar desechos orgánicos o inorgánicos fuera de las áreas autorizadas, no ingresar armas o elementos dañinos que atenten contra la seguridad de las personas y el entorno, no ingresar bebidas embriagantes o sustancias psicotrópicas y no realizar quemas o fogatas. Cada visitante debe asumir la responsabilidad individual por acciones u omisiones que generen peligro para sí o para la integridad física de los demás usuarios.
 

 
2012   Resolución 60 de 2012 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD  

Crea el Comité Técnico para la administración y sostenibilidad del Sistema de Parques Distritales que tendrá como funciones avocar el conocimiento de las solicitudes de terceros sobre la disponibilidad de recursos y estudiar y establecer las prioridades para la inversión de los recursos. De las sesiones de dicho comité se levantarán actas en las que se dejara constancia del lugar, fecha, nombre de los asistentes, de todos los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas, negadas y aplazadas. Serán integrantes del Comité Técnico el Director General del IDRD, el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, el Asesor de la Dirección General, el Subdirector Técnico de Construcciones y el Subdirector Técnico de Parques.
 

 

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