Documentos para LOCALIDADES DE BOGOTÁ D.C. :: Intercambio y Donación de Ayudas Técnicas para Personas con Alteraciones Funcionales, Físicas y Sensoriales
Año   Documento   Restrictor  
2006   Acuerdo 222 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece el intercambio de ayudas técnicas para personas que presentan alteraciones funcionales, físicas y sensoriales entre las localidades de Bogotá, para cuyo almacenamiento y administración, se contará con los Bancos de Ayudas Técnicas existentes en las Localidades del Distrito Capital, Bancos que velarán por la recuperación de los elementos entregados a los usuarios para su mantenimiento y respectiva reparación física, a fin de que éstos puedan volver a ser utilizados por otros ciudadanos que así lo requieran y cuya priorización en la entrega se tendrá a los solicitantes que pertenezcan al estrato uno.
 

 
2012   Circular 1 de 2012 Veeduría Distrital  

Reitera que las normas que consagra la obligación a cargo de las entidades públicas de garantizar la implementación de acciones afirmativas que favorezcan a la población en situación de discapacidad, específicamente, en relación con la inclusión en los pliegos de condiciones, como parte de los criterios de desempate, que el oferente acredite en los términos del literal a) del artículo 24 de la Ley 361 de 1997, que cuenta, por lo menos, con un 10% de trabajadores discapacitados en su nómina.
 

 
2015   Acuerdo 603 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Adopta la directriz distrital de los lineamientos de ayudas técnicas, como Protocolo-Guía con la finalidad de avanzar en la rehabilitación integral, el desarrollo físico y social autónomo de las personas con discapacidad en Bogotá en cumplimiento de la Constitución, la Ley y los convenios internacionales suscritos por Colombia. La elaboración y actualización de los lineamientos de ayudas técnicas será responsabilidad de la Secretaría Distrital de Salud para establecer los procesos de asesoría, adquisición, administración, prescripción, otorgamiento, mantenimiento, seguimiento y evaluación, los cuales serán de obligatorio cumplimiento por parte de los ejecutores de los proyectos de ayudas técnicas en cada una de las Localidades. Los principios que rigen estos procesos serán: la perspectiva de ciclo vital, la equidad, la autonomía, la cobertura, la corresponsabilidad social, la territorialidad, la participación y la individualización de la ayuda técnica. Se Crea la Mesa Técnica Distrital de Ayudas Técnicas que será la instancia rectora para la vigilancia y el cumplimiento estos los lineamientos.
 

 

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