Documentos para LOCALIDAD DE USME :: Defensor del Ciudadano
Año   Documento   Restrictor  
2010   Resolución 317 de 2010 Secretaría Distrital de Gobierno  

Designa como Defensor del Ciudadano en cada una de las 20 Alcaldías Locales de Bogotá D.C.-, al Profesional Especializado Código 222 Grado 24 del Grupo Administrativo y Financiero de cada Localidad, que cumplirán las funciones de desarrollar los procesos necesarios para mejorar la gestión administrativa y financiera en esta la Oficina de Servicio al Ciudadano, siendo vocero de los ciudadanos ante la Secretaria Distrital de Gobierno, conozca y resuelva en forma objetiva los requerimientos individuales que los ciudadanos presenten por el posible incumplimiento de las normas legales o internas que rigen el desarrollo de los trámites o servicios que presta la oficina de Atención al Ciudadano en la Alcaldía Local y para asesorar al Alcalde Local en la formulación y aplicación de políticas que tiendan a mejorar la calidad de los servicios frente a los usuarios.
 

 
2012   Resolución 200 de 2012 Secretaría Distrital de Gobierno  

Designa como Defensor Ciudadano en cada una de las 20 Alcaldías Locales al Profesional Especializado Código 222 Grado 24 ¿ Coordinador del Grupo de Gestión Administrativa y Financiera, quien tendrá las siguientes funciones: 1. Ser Vocero de los ciudadanos y ciudadanas o usuarios ante la Secretaria de Gobierno para la protección de sus derechos.2. Conocer y resolver en forma objetiva los requerimientos o quejas individuales, que los ciudadanos y ciudadanas presenten por el posible incumplimiento, de las normas legales o internas que rigen el desarrollo de los trámites o servicios que ofrece o presta la oficina de Atención al Ciudadano en la Alcaldía Local.3. Resolverá las controversias que se generen en las relaciones entre la Alcaldía Local y sus Usuarios (Ciudadanos y Ciudadanas) por los servicios que presta. 4. Asesorar al Alcalde Local en la formulación y aplicación de políticas que tiendan a mejorar la calidad de los servicios, las buenas relaciones y la confianza con sus Usuarios (Ciudadanos y Ciudadanas).5. Presentar un informe semestral al Alcalde Local, en el cual refiera el desarrollo de su función durante el periodo correspondiente. El informe indicara el número de requerimientos recibidos, con expresión de las prácticas indebidas detectadas, los criterios mantenidos por el Defensor del Ciudadano en sus decisiones, el número de requerimientos tramitados indicando el estado en que se encuentra a la fecha del informe, así como cualquier otro dato o información que pueda considerarse de público interés. Dicho informe, podrá incluir recomendaciones, sugerencia s o adecuaciones encaminadas a facilitar y mejorar las relaciones entre Alcaldía Local y sus Usuarios.
 

 

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