Documentos para MUJERES :: Participación en la Administración Pública
Año   Documento   Restrictor  
1990   Decreto 1398 de 1990 Nivel Nacional  

Se desarrolla la ley 51 de 1981, que aprueba la convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. La no discriminación para participar en la vida política y publica, art. 6. No discriminación en materia de empleo, art. 9.
 

 
1999   Decreto 2200 de 1999 Nivel Nacional  

Organiza la Consejería Presidencial para la equidad de la mujer. Régimen presupuestal, arts. 1º a 3º. Personal, art. 4º. Funciones, art. 5º.
 

 
2000   Ley 581 de 2000 Congreso de la República de Colombia  

Participación de la mujer en niveles decisorios de la administración pública. Desarrolla arts. 13, 40 y 43 de la Constitución. Definiciones, arts. 2 y 3. Cuotas de participación, arts. 4 y 6. Sanciones a la inobservancia de cuotas, art. 4, parágrafo. Excepciones a aplicación de cuotas, art. 5. Nombramiento por ternas, art. 6. Participación en selección de funcionarios de carrera, art. 7. Información sobre oportunidades de trabajo, art. 8. Promoción de participación en el sector privado, art. 9. Principios Plan Nacional de Promoción y Estímulo a la Mujer, art. 10. Planes regionales de promoción y estímulo a la mujer, art. 11. Cumplimiento de cuotas, arts. 12 y 16. Representación en el exterior, art. 13. Igualdad de remuneración, art. 14.
 

 
2000   Sentencia 371 de 2000 Corte Constitucional de Colombia  

La determinación que los partidos y movimientos políticos colombianos puedan o no adoptar medidas que garanticen mayor participación femenina, no pueden proceder de una imposición del legislador
 

 
2001   Fallo 390 de 2001 Consejo de Estado  

Postulación de mujeres en la integración de ternas. Alcance de la Sentencia C-371-00. Obligatoriedad de la postulación de una mujer en la elaboración de terna prra elección de Alcalde Local en el Distrito. JALs no se encuentran dentro de la excepción a la inclusión de una mujer en las ternas.
 

 
2001   Radicación 1359 de 2001 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

Ahora bien, como el cuociente electoral es un sistema con fórmulas matemáticas exactas, cuyo cálculo y resultados no están determinados por variables como el sexo, la raza, la religión, etc. su aplicación no resulta compatible con la ley y, por lo mismo es forzoso concluir que no todas las clases de acciones o discriminaciones positivas son compatibles con la normatividad constitucional, como es el caso expuesto, por cuanto el empleo obligatorio por las corporaciones públicas del procedimiento del cuociente electoral previsto en el artículo 263 -conforme al cual la integración de las ternas es el producto de la representación proporcional de los partidos en la junta administradora respectiva-, descarta la obligación de los distintos movimientos, aislada y conjuntamente considerados, de incluir en las listas por lo menos una mujer, como lo dispone la ley 581 de 2000.
 

 
2002   Circular 68 de 2002 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Solicitud de información sobre la Ley 581 de 2000; funcionarios y funcionarias del nivel directivo y otros niveles decisorios.
 

 
2002   Fallo 26 de 2002 Consejo de Estado  

A pesar de no estar obligada a incluir candidatas del sexo femenino, en las dos ternas de que en su momento debió elaborar la Corte Suprema de Justicia para reemplazar igual número de plazas de magistraturas en la Corte Constitucional, el proceso desarrollado por aquella Corporación fue objetivo, público, transparente e imparcial, en el cual gozaron de las mismas oportunidades y garantías de inscripción y postulación, los aspirantes de ambos sexos, al punto que, en una de esas ternas, como resultado del ejercicio libre, autónomo y secreto del derecho al voto por parte de los integrantes de la Corte Suprema, efectivamente fue incluida una mujer quien, inclusive, como es de conocimiento público, en la fase subsiguiente del proceso fue elegida como Magistrada de la Corte Constitucional.
 

 
2004   Decreto 60 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se designa Alcaldesa Mayor ad hoc para promover la participación de la mujer en el ejercicio del poder político en en Distrito Capital.
 

 
2006   Circular 34 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

solicita dar cumplimiento a lo dispuesto por la Circular 1000-11-2006, expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, quien en cumplimiento del artículo 12 de la Ley 581 de 2000, debe rendir a 31 de diciembre de cada año, informe al Congreso y a la Procuraduría General de la Nación sobre la provisión de cargos con perspectiva de género en las entidades de cada Rama y Órganos de la Administración Pública, para lo cual realizará la recolección de la información en la actual vigencia, mediante un Aplicativo Especial que será puesto a disposición de las entidades territoriales, centrales y descentralizadas, en la página web. Por ello cada entidad u organismo distrital deberá designar e informar al DAFP, en el menor tiempo posible, un funcionario encargado de la administración del Aplicativo, quien será el único contacto para estos propósitos ante el DAFP.
 

 
2006   Circular 100-01 de 2006 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp  

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 581 de 2000, que ordena al Departamento Administrativo de la Función Pública rendir, a 31 de diciembre de cada año, informe al Congreso y a la Procuraduría General de la Nación sobre la provisión de cargos con perspectiva de género en las entidades de cada Rama y Órganos de la Administración Pública, solicita al Alcalde Mayor de Bogotá y a los alcaldes de las capitales de Departamento, adelantar las actividades detalladas en la Circular.
 

 
2011   Decreto Local 10 de 2011 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe  

creado el Consejo Local de Mujeres y Equidad de Género en la Localidad de Rafael Uribe Uribe como una instancia de participación autónoma, de carácter técnico y político; de interlocución entre las organizaciones de mujeres de la sociedad civil, las entidades públicas y privadas, y la institucionalidad local en el marco de la Política Pública de Mujeres y equidad de Género y del Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género.
 

 
2012   Acuerdo 490 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea el Sector Administrativo Mujeres y la Secretaría Distrital de la Mujer, el cual tiene por objeto liderar, dirigir, coordinar, articular y ejecutar las etapas de diseño, formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas para las mujeres, a través de la coordinación intra e intersectorial, territorial y poblacional de estas políticas públicas, así como de los planes, programas y proyectos que le corresponda para el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos y el fomento de las capacidades y oportunidades de las mujeres.
 

 
2012   Concepto 14306 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre las garantías de independencia en la elección de las ternas por parte de las Juntas Administradoras Locales y de transparencia en la elección de los Alcaldes Locales. (¿) ¿artículo 84 del Decreto Ley 1421 de 1993, que se refiere al cuociente electoral como mecanismo para la conformación de las ternas por parte de las Juntas Administradoras Locales, ha sido modificado por el artículo 6º de la Ley 581 de 2000, que establece para las entidades que conforman un solo cuerpo la obligación al integrar una terna de incluir el nombre de una mujer. Lo anterior se sostiene por dos razones: el carácter posterior de la Ley 581 de 2000 en relación con el Decreto Ley 1421 de 1993 y, por el otro, el carácter estatutario de esta Ley que hace que, de conformidad con el artículo 152 constitucional, tenga jerarquía mayor que la ley ordinaria, esto es, del Decreto Ley 1421 de 1993¿. (¿) ¿el Gobierno Distrital en ningún caso ha ido en contra de la integridad e independencia de los ediles, por el contrario ha respetado los mecanismos utilizados por las Juntas Administradoras Locales para la integración de las ternas que han promovido la participación de la mujer para la designación de los Alcaldes Locales¿ (¿) ¿el Alcalde Mayor en cumplimiento del artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, expidió el Decreto 84 de 2012, para garantizar el ejercicio democrático, transparente y participativo del proceso, sin que con ello se afecte la independencia en la elección de las ternas por parte de las Juntas Administradoras Locales¿.
 

 
2015   Acuerdo 623 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

En el marco de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, la Administración Distrital, de manera progresiva y gradual, implementará la participación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de máximo nivel decisorio y de los cargos de otros niveles decisorios, cargos de libre nombramiento y remoción, del Sector Central, Descentralizado y de las Localidades del Distrito, con las excepciones previstas en el Artículo 5º de la Ley 581 de 2000.
 

 
2016   Directiva Conjunta 1 de 2016 Secretaría Distrital de la Mujer  

Establece los lineamientos para la implementación del Acuerdo Distrital 623 de 2015 Por el cual se garantiza la participación de la Mujer en los niveles decisorios de la Administración Distrital. Señala los principios que rigen este proceso; se debe implementar la participación paritaria de mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio y de otros niveles decisorios de la Administración Distrital, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 581 de 2000, literales a) y b), mínimo del 30% de los cargos y de forma gradual debe llegar al 50% -sin que sea una cifra limite-; indica la definición de nivel máximo decisorio; excepciones, divulgación de la ejecución de la medida, y presentación de informes.
 

 
2019   Decreto Local 013 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe  

Modifica el literal e del artículo 4 del Decreto No. 10 del 05 de diciembre de 2011, estableciendo que el Consejo Local de Mujeres y equidad de Género fomentará el reconocimiento de las mujeres por razones de etnia, identidad de género y orientación sexual, edad, discapacidad, liderazgo comunitario, victimas y excombatientes del conflicto armado y mujeres que ejercen actividades sexuales pagas, que permitan el pleno derecho de sus derechos.
 

 
2020   Circular Externa 004 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente  

invita a que las entidades públicas propendan por la inclusión de cláusulas sociales en los contratos que celebren, tendientes a promover la vinculación de un porcentaje mínimo de mujeres en la ejecución contractual, con la finalidad de adoptar acciones afirmativas en su condición de sujeto de especial protección constitucional
 

 
2021   Circular 009 de 2021 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

imparte las instrucciones para la implementación del decreto distrital 332 de 2020 y aplicación de la circular 013 de 2021 expedida por la secretaria distrital de la mujer por la cual se establecen medidas afirmativas para promover la participación de las normas de contratación del distrito capital.
 

 
2021   Circular 010 de 2021 Secretaría Distrital de la Mujer  

Imparte lineamientos para aplicar los criterios de desempate en procesos de Selección Abreviada.
 

 
2021   Circular 013 de 2021 Secretaría Distrital de la Mujer  

Imparte lineamientos para facilitar y orientar el reporte de información asociado al cumplimiento del Decreto Distrital No. 332 de 2020 por medio del cual se establecen medidas afirmativas para promover la participación de las mujeres en la contratación del Distrito Capital y con ello promover su puesta en marcha, estableciendo el porcentaje mínimo de mujeres que deben estar vinculadas a la ejecución de contratos.
 

 
2021   Circular Externa 100009 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp  

Solicita a los representantes de los organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial, rama legislativa, rama judicial, organización electoral, órganos autónomos y de control, reportar información relacionada con la provisión de cargos y el porcentaje de participación de las mujeres en el máximo nivel decisorio.
 

 
2021   Ley 2117 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Adiciona la ley 1429 de 2010, la ley 823 de 2003 y establece medidas para fortalecer y promover la igualdad de la mujer en el acceso laboral y en educación en los sectores económicos donde han tenido una baja participación y se dictan otras disposiciones.
 

 
2022   Decreto 1426 de 2022 Nivel Nacional  

Crea el Programa Nacional de Casas de Mujeres Empoderadas, el cual estará bajo la coordinación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, como mecanismo de coordinación de la oferta integral interinstitucional, que garantice a las mujeres el acceso a programas, proyectos, acciones y medidas de la política pública de equidad de género con enfoque territorial.
 

 
2022   Resolución 264 de 2022 Secretaría Distrital de la Mujer  

Convoca y establece a fases del proceso eleccionario del Consejo Consultivo de Mujeres para las representaciones que se encuentran vacantes, teniendo en cuenta que es importante generar estrategias y alternativas que permitan promover una mayor participación de las ciudadanas de Bogotá en este proceso y no limitar su proceso de inscripción.
 

 
2023   Decreto Local 006 de 2023 Alcaldía Local de Santa Fe  

Conforma el Comité Operativo Local de Mujeres y Equidad de Género de la localidad de Santa Fe  COLMEG, como una instancia de participación ciudadana incidente de las mujeres, de carácter consultivo y de conformación mixta y tiene por objeto el aporte a la construcción de la agenda local de mujeres, la concertación de acciones dentro del plan estratégico de la instancia, el desarrollo de acciones de incidencia en procesos de planeación y participación local y la elaboración de recomendaciones para la implementación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género
 

 

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