Documentos para REGISTROS NACIONALES :: Registro de Extranjeros
Año   Documento   Restrictor  
2012   Decreto 019 de 2012 Nivel Nacional  

Dicta normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios en la Administración Pública. Señala que a partir del 2 de julio de 2012 y dentro de los 15 días siguientes a su ingreso al país o la expedición de su Visa los extranjeros mayores de 18 años que posean visa con término de permanencia superior a 3 meses deberán inscribirse en el Registro de Extranjeros (artículo 53).
 

 
2017   Decreto 356 de 2017 Nivel Nacional  

El Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho 1069 de 2015, contiene la compilación del reglamento correspondiente al procedimiento para la inscripción extemporánea de nacimiento en el registro civil. En éste, se contempló la posibilidad de obtener el registro civil de nacimiento extemporáneo con la declaración juramentada de dos testigos quienes hayan presenciado, asistido o tenido noticia directa y fidedigna del nacimiento. Sin embargo, debido a la flexibilidad de esa norma, el Ministerio de Relaciones Exteriores evidenció que extranjeros utilizan la misma para obtener de manera fraudulenta su registro civil de nacimiento, así como para obtener múltiple identificación por parte de colombianos, por lo que se hizo necesario tomar medidas con el fin de lograr verificar que el ciudadano cumpla con lo dispuesto por el artículo 96 de la Carta Política. Adicionalmente, derivó una problemática migratoria, ya que personas nacidas en el exterior tramitan de forma expedita utilizando testigos, su registro civil de nacimiento que los acredita como Nacionales Colombianos, documento con el cual pueden acceder a la Cédula de Ciudadanía colombiana y, por tanto, a los derechos y garantías propias de un nacional, sin serlo realmente. En consecuencia, para evitar dicho fraude, se modificó la norma que reglamenta lo referente a la inscripción extemporánea en el Registro Civil de Nacimiento.
 

 

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