Documentos para ARMAS BLANCAS :: Porte y Uso
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 57 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 57 de 1994 Se dictan medidas para garantizar la seguridad ciudadana
 

 
2009   Decreto 53 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Prohíbe el porte de cuchillos, puñales, puñaletas, navajas, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, martillos y otros similares para utilizarlos como armas de carácter defensivo u ofensivo, ni instrumentos que puedan emplearse en la comisión de hechos que pongan en peligro la vida y la integridad personal o el patrimonio económico de las personas, salvo algunas excepciones. Señala las sanciones aplicables por la infracción a las disposiciones establecidas.
 

 
2012   Acuerdo 517 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.  

Adiciona el numeral 17 al artículo 15 del acuerdo 79 de 2003, en relación con el porte, venta y compra de armas blancas.
 

 
2015   Decreto 217 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Acuerdo 517 de 2012 "por medio del cual se adiciona el numeral 17 al artículo 15 del Acuerdo 79 de 2003 y se dictan otras disposiciones", deroga el Decreto 53 de 2009 y dicta otras disposiciones para garantizar la seguridad ciudadana en torno a la prohibición del porte, venta y compra de armas blancas, que impliquen peligro para la vida o la integridad de las personas.
 

 
2015   Directiva 1 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Acuerdo Distrital 517 de 2012 que adiciona el Código de Policía de Bogotá, define por arma blanca aquellos elementos cortantes, punzantes, corto punzantes y corto contundentes tales como cuchillos, navajas, puñales, puñaletas, punzones, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, cortaplumas, patas de cabra, estoques, dagas, sables, espadas o cualquier otro objeto que con características similares, puedan ser utilizados como armas de carácter defensivo u ofensivo para amenazar, lesionar o quitar la vida a las personas. En tal sentido, solicita se coordine con las autoridades de policía la aplicación y cumplimiento efectivo del Acuerdo en mención. Por otra parte, la Secretaría Distrital de Gobierno deberá preparar informes y medidas tendientes a la reducción de índices relacionados con porte, tráfico, compra y venta de armas blancas.
 

 
2018   Decreto 599 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Acuerdo Distrital 517 de 2012, Por medio del cual se adiciona el numeral 17 al artículo 15 del Acuerdo 79 de 2003 y se dictan otras disposiciones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Acuerdo Distrital 517 de 2012 está prohibido en todo el territorio del Distrito Capital la venta y compra en el espacio público, en escenarios deportivos, culturales o de recreación, de elementos cortantes, punzantes, corto punzantes y corto contundentes tales como cuchillos, navajas, puñales, puñaletas, punzones, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, cortaplumas, patas de cabra, estoques, dagas, sables, espadas o cualquier otro objeto que con características similares, puedan ser utilizadas como armas de carácter defensivo u ofensivo para amenazar, lesionar o quitar la vida a las personas o atentar contra el patrimonio económico de las mismas.
 

 

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