2008 |
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Decreto Local 21 de 2008 Alcaldía Local de Antonio Nariño
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Adopta medidas para la protección de menores de edad, con el fin de preservar el orden público y proteger la convivencia ciudadana en la Localidad de Antonio Nariño, restringiendo su circulación en el espacio público y/o establecimientos de comercio abiertos al público, en el horario comprendido entre las 11 de la noche y las 5 a.m, cuando se encuentren sin la compañía de cualquiera de sus padres o de un adulto responsable, en el cuadrante comprendido entre la Avenida Caracas a la Avenida Carrera 30 y entre Calle 11 Sur a la Avenida Primera de Mayo. Exceptúa la aplicación de la medida los días de eventos especiales, de carácter distrital y local, debidamente autorizados por la autoridad competente, dirigidos a niños, niñas y adolescentes y el día de la fiesta de Promoción de Grado de Bachilleres (PROM) de los colegios de la localidad. |
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