Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2010 |
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Ley 1393 de 2010 Congreso de la República de Colombia
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Define rentas de destinación específica para la salud, adopta medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud con el fin de evitar la evasión y la elusión de aportes a la salud y se redireccionan recursos al interior del sistema de salud. Clasifica los juegos novedosos, los cuales define como cualquier otra modalidad de juegos de suerte y azar distintos de las loterías tradicionales o de billetes, de las apuestas permanentes y de los demás juegos a que se refiere la ley 643 de 2001. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015 Nivel Nacional
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La operación de los juegos novedosos a través de terceros, es aquella que se realiza por personas jurídicas, mediante contratos de concesión celebrados con ellas por la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar COLJUEGOS, en los términos definidos por la Ley de Régimen Propio de los Juegos de Suerte y Azar, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y las normas reglamentarias de dichos ordenamientos o las disposiciones que las modifiquen o sustituyan. En consonancia con lo anterior, se dicta el reglamento del juego; la liquidación de los derechos de explotación. Ingresos brutos; los gastos de administración reconocidos a COLJUEGOS; la declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación, de los gastos de administración y de los intereses moratorios; el formulario de declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses y el Giro de recursos del monopolio. (Artículos 2.7.7.1. al 2.7.7.8.). |
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2015 |
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Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia
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Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". Son cualquier otra modalidad de juegos de suerte y azar distintos de las loterías tradicionales o de billetes, de las apuestas permanentes y de los demás juegos a que se refiere la presente ley. Se consideran juegos novedosos, entre otros, la lotto preimpresa, la lotería instantánea, el lotto en línea en cualquiera de sus modalidades, apuestas deportivas o en eventos y todos los juegos operados por internet, o por cualquier otra modalidad de tecnologías de la información que no requiera la presencia del apostador. (Artículo 93). |
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Juegos Novedosos
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