2004 |
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Concepto 75 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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La junta de acción comunal es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa. Su patrimonio estará constituido por todos los bienes que ingresen legalmente por concepto de contribuciones, aportes, donaciones y las que provengan de cualquier actividad u operación lícitas que ellos realicen, resaltando que las donaciones deben provenir de cualquier persona natural o jurídica, sin que sea viable que las mismas provengan de una entidad pública, por expresa prohibición del art. 355 superior. |
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