Documentos para RESPONSABILIDAD MÉDICA :: Concepto y Contenido
Año   Documento   Restrictor  
2006   Fallo 15261 de 2006 Consejo de Estado  

Para determinar la existencia de responsabilidad médica por daños ocasionados a un paciente, es necesario tener conocimiento sobre el tratamiento que se le brindó. No hay otro medio para saber con certeza y objetividad, cuál fue el motivo de la atención médica, las causas de las dolencias y la razón de la muerte... En casos en los cuales se alega una falla del servicio con ocasión de la actividad médica, se tiene, por regla general, en cuanto a la carga de la prueba, que al actor le incumbe demostrar la falla médica a menos que, por las especiales características del paciente o del servicio, ello resulte extraordinariamente difícil para él, caso en el cual, a manera excepcional, será procedente la inversión del deber probatorio previsto en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, con fundamento en que la regla que consagra resulta contraria al principio de equidad previsto en el artículo 230 de la Constitución Política, como criterio auxiliar de la actividad judicial5
 

 
2011   Fallo 20144 de 2011 Consejo de Estado  

¿`¿en la medida en que el demandante alegue [como título de imputación] que existió una falla del servicio médico asistencial que produjo el daño antijurídico por el cual reclama indemnización¿ deberá en principio, acreditar los tres extremos de la misma: la falla propiamente dicha, el daño antijurídico y el nexo de causalidad entre aquella y ésta¿¿.¿ ¿Dicho título de imputación opera, como lo señala el precedente de la Sala no sólo respecto de los daños indemnizables derivados de la muerte o de las lesiones corporales causadas, sino que también comprende `¿los que se constituyen por la vulneración del derecho a ser informado; por la lesión del derecho a la seguridad y protección dentro del centro médico hospitalario y, como en este caso, por lesión del derecho a recibir atención oportuna y eficaz¿.¿ ¿Cuando la falla probada en la prestación del servicio médico y hospitalario se funda en la `lesión al derecho a recibir atención oportuna y eficaz¿, se debe observar que está produce como efecto la vulneración de la garantía constitucional que recubre el derecho a la salud, especialmente en lo que hace referencia al respeto del principio de integridad en la prestación de dicho servicio (¿) la Sala ha manifestado en decisiones precedentes que dicha falla se circunscribe a una consideración básica.¿
 

 
2013   Sentencia T-118A de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

El artículo 2341 del Código Civil prevé, que aquel que ha cometido con culpa un daño a otro está obligado a indemnizar los perjuicios que se deriven de ello, estableciendo así el régimen de responsabilidad extracontractual. Por su parte, la responsabilidad civil puede ser considerada contractual o extracontractual dependiendo de: i) la relación jurídica entre las partes de la cual se deriva el daño, si es o no preexistente al daño, ii) la acción que ejerce el demandante / víctima y/o la familia perjudicada, para reclamar la indemnización de perjuicios. Por su parte, la responsabilidad médica deviene de la obligación, en principio contractual, del médico, EPS o IPS de cuidar la integridad corporal del paciente para devolverlo sano y salvo al concluir la relación prestación de un servicio médico, esta relación puede surgir, generalmente, como consecuencia de una convención.
 

 

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