Documentos para INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO IDCT :: Régimen de Personal
Año   Documento   Restrictor  
1995   Acuerdo 3 de 1995 Instituto Distrital de Cultura y Turismo  

Se aprueban los estatutos del Instituto, naturaleza jurídica, art. 1 y 2. Régimen de personal: Para todos los efectos legales las personas naturales que presten sus servicios al Instituto Distrital de Cultura y Turismo tienen el carácter de empleados públicos, art. 19 a 21.
 

 
1995   Concepto 1340 de 1995 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Los empleados públicos no pueden celebrar convenciones colectivas ni la administración comprometerse en ellas, por fuera de los mandatos legales y los límites fijados por la ley y por los presupuestos generales previamente asignados para atender las obligaciones laborales, por lo que dichas convenciones colectivas no pueden celebrarse y las situaciones laborales y administrativas actuales tendrán que adecuarse a lo que las normas legales vigentes ordenen en esas materias. Los servidores del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, sólo pueden presentar a la administración peticiones respetuosas relativas a sus condiciones de trabajo, las cuales deberán ser atendidas por la autoridad competente, dentro del marco legal vigente (Constitución Política, Leyes y Decretos Nacionales y Acuerdos y Decretos Distritales).
 

 
1995   Resolución 395 de 1995 Instituto Distrital de Cultura y Turismo  

Se señala que para todos los efectos legales las personas naturales que presten sus servicios al Instituto Distrital de Cultura y Turismo tienen el carácter de empleados públicos, art. 1 Régimen de transición, art. 2
 

 

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