Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1995 |
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Resolución 1351 de 1995 Ministerio del Medio Ambiente
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Se adopta la declaración denominada Informe de Estado de Emisiones (IE-1). El Informe antes mencionado debe ser entregado por los responsables de diligenciarlo a las Corporaciones Autónomas Regionales o a las Autoridades Ambientales de los grandes centros urbanos de la respectiva jurisdicción según sea el caso y la copia de este informe se remite a costa del responsable de la fuente fija de emisión a la Subdirección de Seguimiento y Monitoreo del Ministerio del Medio Ambiente. |
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2006 |
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Resolución 5600 de 2006 Ministerio de Transporte
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Establece las características del Formato Uniforme de los resultados de la revisión técnico-mecánica y de gases y las del Certificado de la revisión técnico-mecánica y de gases que serán utilizadas para la revisión técnico-mecánica y de gases por parte de los Centros de Diagnóstico Automotor en todo el territorio nacional. |
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2011 |
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Resolución 5111 de 2011 Ministerio de Transporte
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Adopta el Formato Uniforme de Resultados y el Certificado de la Revisión Tecnicomecánica y de Emisiones Contaminantes que serán utilizados por los Centros de Diagnóstico Automotor para la revisión Tecnicomecánica de los vehículos automotores en todo el Territorio Nacional.
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 Nivel Nacional
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Compila las disposiciones reglamentarias del Sector Ambiente. Regula lo relacionado con las emisiones para fuentes fijas. Establece que Todas las fuentes fijas existentes en el territorio nacional que realicen emisiones contaminantes al aire o actividades capaces de generarlas, sometidas a control por los reglamentos, deberán presentar ante la autoridad ambiental competente, en los plazos que fije el Ministerio de Ambiente y Desarollo Sostenible, una declaración que se dé denominará Informe de Estado de Emisiones (IE-1). (Artículo 2.2.5.1.10.2). |
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Informe de Estado de Emisiones
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