Documentos para IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO :: Predios del Sistema de Áreas Protegidas
Año   Documento   Restrictor  
2003   Acuerdo 105 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.  

Señala el tratamiento para predios ubicados dentro del sistema de áreas protegidas del Distrito Capital. Establece que los predios localizados parcial o totalmente dentro del sistema de áreas protegidas del Distrito Capital tendrán derecho a las tarifas establecidas, teniendo en cuenta el estado en que se encuentren, de acuerdo con certificación que al respecto expida el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente o quien haga sus veces.
 

 
2004   Resolución 272 de 2004 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Reglamenta los criterios y lineamientos para certificar el estado de conservación de los predios ubicados parcial o totalmente dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital y la expedición de las certificaciones previstas en el artículo 3 del Acuerdo 105 del 29 de diciembre 2003. Objeto, categorías de predios según estado de conservación, criterios de clasificación y solicitud de certificación.
 

 
2004   Resolución 1557 de 2004 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Modifica parcialmente la Resolución del DAMA 272 de 2004, que reglamentó los criterios y lineamientos para certificar el estado de conservación de los predios ubicados parcial o totalmente dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital y la expedición de las certificaciones previstas en el artículo 3 del Acuerdo 105 del 29 de diciembre 2003, en lo referente a los criterios de clasificación, la certificación del estado de conservación de los predios ubicados en el Sistema referido y la aplicación de la certificación al pago del impuesto predial.
 

 
2005   Concepto 1069 de 2005 Secretaría Distrital de Hacienda  

La tarifa especial del impuesto predial definida en el artículo tercero del Acuerdo 105 de 2003 no aplica para los predios que se localizan en los corredores ecológicos, tal como se definen y clasifican en el artículo 100 del Decreto 190 de 2004, ni a los parques urbanos, ni al Área de manejo especial del Río Bogotá; éstos son componentes de la Estructura Ecológica Principal pero no hacen parte del Sistema de Áreas Protegidas, que es el componente a que se refiere el citado acuerdo. Para establecer la tarifa con la que se ha de liquidar y declarar el impuesto predial de los inmuebles ubicados en el Sistema de Áreas Protegidas, a partir del año 2005, dependerá del grupo tarifario al que pertenezca dentro de los previstos en el Artículo 3º del Acuerdo 105 de 2003, que corresponderá al estado de conservación del predio, conforme a la certificación que le expida el Departamento Administrativo del Medio Ambiente DAMA conforme a los criterios definidos en las Resoluciones 272 del 29 de marzo de 2004 y 1557 del 29 de septiembre del mismo año.
 

 
2005   Resolución 2278 de 2005 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Adopta los criterios y los lineamientos a partir de los cuales se certificará el estado de conservación de los predios ubicados parcial o totalmente dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital, con base en lo cual se aplicarán las tarifas de impuesto predial unificado determinadas en el artículo 3 del Acuerdo Distrital 105 de 2003. Definición de categorías de predios según estado de conservación, criterios de clasificación y de calificación. Señala el procedimiento para la solicitud de certificación de estado de conservación.
 

 
2006   Resolución 2201 de 2006 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Adopta los criterios y los lineamientos a partir de los cuales se certificará el estado de conservación de los predios ubicados parcial o totalmente dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital, con base en lo cual se aplicarán las tarifas de impuesto predial unificado determinadas en el artículo 3 del Acuerdo Distrital 105 de 2003, para lo cual define cuatro categorías. Adopta el esquema de categorización, para efectos de determinar el estado de conservación de un predio ubicado total o parcialmente dentro del Sistema de Áreas Protegidas. Señala el procedimiento para la solicitud de certificación, el término de vigencia de la misma, su forma de comunicación y revisión.
 

 
2011   Resolución 4743 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Delega una función al Director de Gestión Ambiental, que consiste en facultarlo para expedir los certificados de estado de conservación ambiental de los predios ubicados parcial o totalmente dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital, para efectos de aplicar las tarifas del impuesto predial unificado de conformidad con los preceptos del Acuerdo 105 de 2003.
 

 

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