Documentos para SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE :: Asignación de Funciones
Año   Documento   Restrictor  
2009   Acuerdo 372 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza a la administración Distrital para inscribir a la ciudad de Bogotá Distrito Capital, como miembro del Consejo Internacional para Iniciativas Medioambientales Locales, ICLEI, asignándole a la Secretaría Distrital de Ambiente, la función de asumir el proceso de inscripción.
 

 
2010   Decreto 446 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Dispone que la Secretaría Distrital ejercerá las funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, conferidas al Alcalde Mayor como máxima autoridad de policía en Bogotá. D.C.; en relación con el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materia ambiental y de proteger el derecho constitucional a un ambiente sano, por lo que tendrá a cargo el conocimiento, control, seguimiento y sanción ambiental de las quejas, solicitudes, reclamos y peticiones de los habitantes la ciudad que tengan relación con afectaciones al medio ambiente generadas por emisión de niveles de presión sonora de los establecimientos de comercio abiertos al público.
 

 
2011   Decreto 654 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital. El Sistema de Información de Personas Jurídicas ¿SIPEJ-, es una herramienta unificada para el registro, inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro -ESAL- registradas en Bogotá. Garantiza la unificación y centralización de la información de las citadas personas jurídicas, componente fundamental para el análisis, definición de estrategias de coordinación y articulación entre actores que manejan recursos públicos y privados. Corresponde a las Secretarías de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, Salud, Ambiente, Hábitat e Integración Social, integrarse al Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ- antes del 31 de diciembre de 2011, en desarrollo de los compromisos de gobierno, disponer los medios necesarios y realizar y ejecutar las acciones requeridas a fin de lograr el manejo integral y unificado de la información de las entidades sin ánimo de lucro, a efectos de lograr el objeto misional del sistema para el Distrito Capital.
 

 
2011   Decreto 675 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta y reglamenta la Política Pública Distrital de Educación Ambiental, como estrategia de la gestión ambiental del Distrito Capital, cuyo objetivo general es consolidar una ética ambiental en el Distrito Capital, que coadyuve a la mejora de las condiciones ambientales de la ciudad. Elaborada participativamente con el concurso de entidades distritales, organizaciones sociales y sector privado, en un proceso liderado por la Secretaria Distrital de Educación -SED y la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA. También créa la Comisión Intersectorial de Educación Ambiental ¿CIDEA del Distrito Capital, que estará integrada por el Secretario/a Distrital de Ambiente, quien la presidirá, y los Secretarios Distritales de Educación, Salud y Gobierno, El/la Rector/a de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, El Director del Jardín Botánico José Celestino Mutis, El/la Director/a del Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico IDEP, El/la Director/a de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y El /la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. La Secretaría Técnica la ejercerá la Secretaría Distrital de Educación.
 

 
2011   Decreto 676 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Acuerdo Distrital 339 de 2008, se establecen las normas urbanísticas, arquitectónicas y técnicas para la ubicación e instalación de Estaciones de Telecomunicaciones Inalámbricas utilizadas en la prestación del servicio público de telecomunicaciones en Bogotá D.C. Para la ubicación de estaciones de telecomunicaciones inalámbricas en el área rural del Distrito Capital, deberán seguirse los lineamientos fijados por la autoridad ambiental competente. (Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y/o Secretaría Distrital de Ambiente). Este Decreto rige a partir de los dos (2) meses siguientes a la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
 

 
2011   Decreto 677 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta medidas para incentivar el uso del vehículo eléctrico en el Distrito Capital, se autoriza una operación piloto. La disposición de este Plan Piloto dentro de la jurisdicción del Distrito Capital, será de cincuenta (50) vehículos automotores de transporte público individual de propulsión exclusivamente eléctrica, con una temporalidad de tres (3) años contados a partir de la vigencia de este Decreto. Las Secretarías Distritales de Ambiente y Movilidad definirán los criterios objetivos para la asignación de los vehículos a las empresas habilitadas en el modo individual en el Distrito Capital, que estén interesadas en participar. Igualmente realizarán el seguimiento a la implementación de las acciones y medidas adoptadas en el Decreto, con el propósito de monitorear y reportar los beneficios ambientales y demás asociados, de manera articulada con los lineamientos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
 

 
2011   Resolución 2055 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Corresponderá a la Subdirección de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre efectuar el levantamiento de acta en el que se establezca clase, cantidad, características del material, procedimiento de disposición final a realizar, forma de entrega y destinatario si así procede, asimismo, elaborará el concepto técnico en el que se establece el procedimiento adecuado y pertinente para un espécimen.
 

 
2011   Resolución 6524 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Conforma en la Secretaría Distrital de Ambiente el Grupo Interno de Trabajo sobre Cambio Climático, integrado por un equipo interdisciplinario de profesionales de las Direcciones de Planeación y Sistemas de Información Ambiental, Dirección de Gestión Ambiental, Dirección de Control Ambiental, Dirección Legal Ambiental y Dirección de Gestión Corporativa; las Subdirecciones a cargo de cada Dirección citada, y Oficinas Asesora de Comunicaciones y de Participación, Educación y Localidades, designados por el Secretario Distrital de Ambiente. Este grupo tendrá por objeto liderar, orientar, facilitar, promover, apoyar y articular las acciones de tipo técnico, financiero y jurídico que en materia de variabilidad y Cambio Climático la Secretaría Distrital de Ambiente deba conocer, integrando la agenda Distrital con la regional y la nacional en cumplimiento de los compromisos suscritos por Colombia en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) y el protocolo de Kioto.
 

 
2011   Resolución 6680 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Adopta el Programa de Promoción de la Oferta y Financiación de Servicios Ecosistémicos y Ambientales para el Distrito Capital de Bogotá. Las acciones de conservación, recuperación, rehabilitación, restauración ecológica o mantenimiento, de la oferta deservicios ambientales serán supervisadas por la Secretaría Distrital de Ambiente con el fin de emitir certificación sobre el cumplimiento en la ejecución de las acciones en mención.
 

 
2012   Decreto 407 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto Distrital 677 de 2011 que adopta medidas para incentivar el uso del vehículo eléctrico en el Distrito Capital. Asignar funciones en cabeza de las Secretaría de Ambiente y Movilidad para la realización del sorteo público en las empresas habilitadas para la prestación del servicio de transporte.
 

 
2013   Acuerdo 540 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los lineamientos para la formulación del programa distrital de Compras Verdes para la ciudad de Bogotá D.C., el cual promoverá en todas las entidades del Distrito y particulares que prestan servicios públicos, la vinculación de los propósitos de las compras verdes entendidas como ¿el proceso mediante el cual las autoridades públicas tratan de adquirir bienes, servicios y obras con un impacto ambiental reducido durante todo su ciclo de vida en comparación con los bienes, servicios y obras con la misma función principal que normalmente se hubiera adquirido¿. En tal sentido, la Administración Distrital realizará las actividades y procesos institucionales respectivos procurando minimizar los impactos ambientales. La Secretaría Distrital de Ambiente en coordinación con las entidades que estime pertinentes, serán las encargadas de formular el Programa Distrital en comento.
 

 
2013   Decreto 595 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Culmina el programa de sustitución de vehículos de tracción animal y se prohíbe definitivamente su circulación en el Distrito Capital. La Secretaría Distrital de Ambiente tendrá la responsabilidad de aplicar las reglas para el cuidado de animales establecidas especialmente en la Ley 84 de 1989 y demás que le sean aplicables. Se excluyen de la presente medida los vehículos de tracción animal que se utilizan para fines turísticos, conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 98 de la Ley 769 de 2002.
 

 
2014   Acuerdo 565 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.  

Promueve la instalación de puntos de entrega y recolección de residuos o desechos peligrosos provenientes del consumo de productos o sustancias peligrosas en Bogotá, D.C. La Secretaría Distrital de Ambiente ejercerá la coordinación del cumplimiento del presente Acuerdo.
 

 
2015   Acuerdo 607 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Fomenta y reconoce las acciones del voluntariado ambiental como expresión de la participación ciudadana de toda persona natural o jurídica que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral ofrece su tiempo, talento y capacidades para atender las potencialidades y problemáticas ambientales de la ciudad en procura de la defensa, conservación, preservación, restauración, rehabilitación ecológica, adecuación, renaturalización y uso sostenible y sustentable de los recursos naturales. Se definen sus lineamientos, principios y asigna a la Secretaría DistritaI de Ambiente la adopción del procedimiento y la respectiva reglamentación para presentar, ejecutar y evaluar este tipo de iniciativas.
 

 
2015   Acuerdo 610 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea el Sistema Integrado de Información de Publicidad Exterior Visual del Distrito Capital - SIIPEV, que tiene como propósito el establecimiento de un Sistema Unificado de Registro de Colocación de Elementos de Publicidad Exterior Visual en el Distrito a excepción de los temporales, el cual será de acceso público. La Secretaria Distrital de Ambiente insertará en la página web www.ambientebogota.gov.co, el Sistema Integrado de Información de Publicidad Exterior Visual del Distrito Capital  SIIPEV. Se establece el término de 1 año a partir de la vigencia de este acto administrativo, para la implementación y diseño del sistema; define la información mínima que debe contener, se asigna a las Secretarías de Ambiente, Hacienda y de Planeación, junto con el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, para que dentro del campo de sus competencia alimenten con la información respectiva el SIIPEV, por ultimo se disponen reglas término de vigencia de permisos de publicidad exterior visual instalada en mobiliario urbano, vallas, pasacalles o pasa vías y pendones, tipos de responsabilidad por el uso y la instalación de este tipo de publicidad, así como los estudios técnicos requeridos para para determinar la zonificación ajustada al Plan de Ordenamiento Territorial.
 

 
2015   Acuerdo 611 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece el servicio de urgencias veterinarias para caninos y felinos sin dueños y pertenecientes a las familias de los estratos 1, 2 y 3 en el Distrito Capital. Se entiende por urgencia veterinaria cualquier situación en la que la muerte puede ser próxima si no se realiza el tratamiento inmediato. La Secretaría Distrital de Ambiente implementará los lineamientos para la prestación de estos servicios en coordinación con los demás sectores públicos con corresponsabilidad en el tema.
 

 
2015   Decreto 530 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se asigna a la Secretaría Distrital de Ambiente el ejercicio de funciones con respecto a las entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas en Bogotá D.C., que tengan por objeto la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el lleno de los requisitos contemplados en la Ley 99 de 1993 y las demás disposiciones que se expidan sobre la materia.
 

 
2015   Decreto 552 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las Secretarías Distritales de Ambiente y de Planeación coordinarán la aplicación y articulación de los instrumentos de política pública y estrategias comunes con las entidades del orden Local, Distrital, Regional, Departamental y/o Nacional, particularmente en relación al Proyecto de Gestión de riesgos y cambio climático de la UPR Río Sumapaz.
 

 
2015   Decreto 553 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las Secretarías Distritales de Ambiente y de Planeación coordinarán la aplicación y articulación de los instrumentos de política pública y estrategias comunes con las entidades del orden Local, Distrital, Regional, Departamental y/o Nacional, particularmente en relación al Proyecto de Gestión de riesgos y cambio climático de la UPR Río Blanco.
 

 
2015   Decreto 555 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La Secretaria Distrital de Ambiente coordinará el proceso de recuperación del Parque Ecológico Distrital de Humedal Tibanica, sin perjuicio de las funciones que le corresponden a las entidades participantes en el proceso y demás autoridades competentes. Así mismo, el artículo 7 le asigna el seguimiento y control de las medidas adoptadas en el presente Decreto.
 

 
2015   Decreto 556 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La Secretaría Distrital de Ambiente dará inicio, tramitará y llevará hasta su finalización los procesos de expropiación por vía administrativa de los terrenos y/o inmuebles que integran el áreas descritas en el artículo 1 de la Resolución 835 de 2015 de la misma Entidad, relacionadas con el área de Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá.
 

 
2016   Concepto 00158 de 2016 Secretaría Distrital de Ambiente  

La Secretaría formulará los lineamientos técnicos y los adoptará, conforme lo establecido en el Decreto 381 de 2003, Por el cual se asignan funciones en relación con la administración del Parque Bosque San Carlos ARTÍCULO 2.Asignar al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente  DAMA  la competencia para formular los lineamientos técnicos para el manejo de la cobertura vegetal del Parque Bosque San Carlos, acorde con los criterios del Protocolo Distrital de Restauración Ecológica.
 

 
2021   Decreto 530 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el/la Secretario/a Distrital de Ambiente, la competencia para decidir y/o resolver los recursos de apelación que se interpongan contra las decisiones de primera instancia, proferidas por las Inspectores de Policía o Corregidores, relacionadas con la realización de las actividades contrarias a la minería, establecidas en el numeral 10 del artículo 105 de la Ley 1801 de 2016.
 

 
2021   Resolución 1430 de 2021 Secretaría Distrital de Ambiente  

Delega en el Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Ambiente la competencia para celebrar contratos y comprometer a nombre de la entidad, con cargo a las apropiaciones incorporadas en el presupuesto anual asignado a la entidad en los rubros de Gastos de Funcionamiento e Inversión, la competencia para ordenar el gasto y el pago que se efectúe con cargo a las apropiaciones incorporadas en el presupuesto, entre otras delegaciones.
 

 
2023   Resolución 689 de 2023 Secretaría Distrital de Ambiente  

Modifica la Resolución 1865 de 2021, en lo referente a la elaboración de los conceptos técnicos en los trámites de licencia ambiental Planes de Manejo Ambiental de competencia del Despacho de la Secretaría Distrital de Ambiente, para resolver recursos, revocatoria directa, declaratoria de caducidad, pérdida de fuerza ejecutoria.
 

 

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