Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2002 |
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Acuerdo 77 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.
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Modifica el sistema de beneficios para el pago de impuestos sobre Vehículos Automotores. Señala los incentivos para el pago, los descuentos, el sistema simplificado para el pago del impuesto predial y las sanciones. Art. 1 y 2. Vigencia Art. 3. |
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2006 |
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Acuerdo 228 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece un beneficio tributario en el impuesto sobre vehículos automotores, a los propietarios o poseedores de vehículos matriculados en Bogotá D.C., a quienes les haya sido hurtado el mismo o respecto de los cuales haya ocurrido pérdida o destrucción total, desde el período gravable siguiente a aquel en que ocurrió la pérdida de la posesión del vehículo automotor, siempre y cuando radiquen la solicitud del trámite de cancelación de matrícula antes del 30 de diciembre de 2006, previa demostración del hecho. |
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2006 |
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Decreto 394 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Reglamenta el Acuerdo 228 de 2006, que establece un beneficio tributario a los propietarios de vehículos hurtados o respecto de los cuales haya ocurrido pérdida o destrucción total. Señala los destinatarios del beneficio, los requisitos para acceder al mismo, así como los requeridos para la cancelación de la licencia de tránsito del vehículo. |
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2007 |
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Acuerdo 297 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.
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Dispone que los propietarios de vehículos automotores que trasladen por primera vez su cuenta o matrícula a Bogotá D.C., gozarán de un descuento del 100% del impuesto sobre vehículos automotores correspondientes al año siguiente a aquel en que sea radicado el traslado, por lo que para acceder al incentivo deberán solicitarlo hasta el 31 de Diciembre de 2008. |
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2008 |
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Acuerdo 352 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.
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Elimina el beneficio tributario relativo al descuento por matrícula de vehículos o traslado de cuenta en el Distrito Capital del impuesto de vehículos automotores, sin perjuicio de mantener el beneficio obtenido en vigencia de las mencionadas normas, eliminación que empezará a regir una vez que el Departamento de Cundinamarca derogue el descuento por matrícula de vehículos automotores o traslado de cuenta en su jurisdicción. |
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2011 |
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Acuerdo 469 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece que los propietarios de vehículos matriculados en Bogotá Distrito Capital, cuyo automotor haya sido hurtado o sobre el cual haya ocurrido pérdida o destrucción total, a la vigencia del presente Acuerdo, no tienen la obligación de declarar y pagar el impuesto sobre vehículos automotores, desde el período gravable siguiente a aquel en que ocurrió la pérdida. Igualmente determina beneficio para el saneamiento de vehículos para traspaso a persona indeterminada. |
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Beneficios y Optimizaciones Tributarias
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